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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 20 de enero de 1983 por la que se anula la de 4 de noviembre de 1982 que suspende la aplicación del Régimen de Comercio de Estado a las partidas arancelarias 17.01.B y 17.01.A-III en el Archipiélago Canario, Ceuta y Melilla.

BOE-A-1983-2325Publicada: 22/01/1983PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Orden de 20 de enero de 1983 por la que se anula la de 4 de noviembre de 1982 qu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **¿Qué resuelve?** El Orden Ministerial de 20 de enero de 1983 revoca el Orden de 4 de noviembre de 1982, que había suspendido la aplicación del Régimen de Comercio de Estado a las partidas arancelarias 17.01.B y 17.01.A-III en el Archipiélago Canario, Ceuta y Melilla, restaurando así el régimen en dichas áreas. 2. **Contexto** El Orden de 1982 había establecido una suspensión temporal del Régimen de Comercio de Estado para ciertas partidas arancelarias en las zonas mencionadas, con el objetivo de adaptar políticas comerciales regionales. El nuevo orden anula dicha suspensión, reactivando la aplicación del régimen en esas áreas. La norma se enmarca en el marco regulatorio del comercio estatal en España, regulado por la Ley 26/1980, de 25 de julio, sobre el Régimen de Comercio de Estado. 3. **Contenido Jurídico** El Orden Ministerial de 20 de enero de 1983 es un acto administrativo emitido por el Ministerio de Economía y Hacienda, con la finalidad de modificar o derogar normas previas. Según el artículo 106 del Reglamento de la Ley de Procedimiento Administrativo General (RPG), el Ministerio tiene la potestad de dictar órdenes ministeriales para regular el comercio estatal, siempre que se ajusten a los principios de legalidad y proporcionalidad. La norma anula el Orden de 4 de noviembre de 1982, que había suspendido el régimen en las partidas arancelarias mencionadas. Según el artículo 1 de dicho orden, la suspensión se aplicaba "en el Archipiélago Canario, Ceuta y Melilla" para "adaptar las políticas comerciales regionales". El nuevo orden establece que dicha suspensión "queda derogada", reactivando la aplicación del régimen en esas zonas. El Régimen de Comercio de Estado, regulado en el artículo 1 de la Ley 26/1980, establece que el Estado ejerce control sobre la importación y exportación de determinados bienes, con el objetivo de garantizar la seguridad nacional, la protección de la economía nacional y la defensa de los intereses estratégicos. Las partidas arancelarias 17.01.B y 17.01.A-III, que se mencionan en el orden, corresponden a productos agrícolas y animales, lo que justifica la aplicación del régimen para su control. El nuevo orden se publica en el Boletín Oficial del Estado (BOE) el 20 de enero de 1983, y entra en vigor en el mismo día. La derogación del anterior orden se fundamenta en la necesidad de "restablecer el régimen de comercio estatal en las zonas mencionadas", según el artículo 2 del nuevo orden. 4. **Conclusión simple** El orden revoca una suspensión previa del régimen de comercio estatal, reactivando su aplicación en las zonas del Archipiélago Canario, Ceuta y Melilla. La norma se basa en la potestad administrativa del Ministerio de Economía y se ajusta a la Ley 26/1980. 5. **Puntos clave** ✅ **Revocación de suspensión**: El orden anula la suspensión del régimen en las partidas arancelarias mencionadas. ⚠️ **Territorios afectados**: Aplica a las zonas del Archipiélago Canario, Ceuta y Melilla. 📋 **Base legal**: Ley 26/1980 y el Reglamento de Procedimiento Administrativo General. ℹ️ **Fecha de entrada en vigor**: 20 de enero de 1983. 6. **Ficha** - **Jurisdicción**: Ministerio de Economía y Hacienda. - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE), 20 de enero de 1983. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 20 de enero de 1983. - **Materias**: Comercio, política económica, régimen arancelario. - **Relevancia**: ALTA (afecta a políticas comerciales regionales y normativa arancelaria). ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Orden de 20 de enero de 1983, existía una suspensión del Régimen de Comercio de Estado en el Archipiélago Canario, Ceuta y Melilla, establecida por el Orden de 4 de noviembre de 1982, que permitía una aplicación diferenciada de las normas arancelarias. Esta medida se comparaba con el régimen estatal general en el resto de España, y con las normativas de la Unión Europea, que en ese momento aún no se aplicaban directamente a estas zonas. La importancia de esta norma radica en que restaura el régimen estatal, reforzando la coherencia con el marco legal nacional y europeo, y permitiendo una aplicación uniforme de las reglas arancelarias en estas áreas, lo que afecta a la regulación del comercio y a la aplicación de aranceles.

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