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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 1 de abril de 1986, de la Dirección General de la Pequeña y Mediana Industria, en desarrollo de la Orden de 14 de noviembre de 1985, por la que se establece el apoyo financiero del Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial (IMPI) a los avales prestados por las Sociedades de Garantía Recíproca.

BOE-A-1986-8993Publicada: 12/04/1986MINISTERIO DE INDUSTRIA Y ENERGÍA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 1 de abril de 1986, de la Dirección General de la Pequeña y Median ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Resolución de 1 de abril de 1986 establece el procedimiento para otorgar apoyo financiero al costo de los avales prestados por las Sociedades de Garantía Recíproca a pequeños y medianos empresarios socios, así como al costo de las ciones de reaval realizadas por estas sociedades con las Sociedades de Reafianzamiento. **2. CONTEXTO** La norma surge como desarrollo de la Orden de 14 de noviembre de 1985 del Ministerio de Industria y Energía, que estableció el apoyo financiero del Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial (IMPI) a los avales. La Resolución de 1986 detalla el procedimiento para su concesión, orientado a garantizar la viabilidad de las empresas mediante la financiación de garantías. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución se basa en el artículo 7 de la Orden del Ministerio de Industria y Energía de 14 de noviembre de 1985, que otorga al IMPI la facultad de otorgar subvenciones al costo de los avales. El procedimiento se estructura en tres etapas: **a) Solicitudes y evaluación** Las Sociedades de Garantía Recíproca deben presentar una solicitud al IMPI, siguiendo el modelo oficial (Anexo I). El IMPI evalúa la solicitud considerando las prioridades establecidas en el artículo 4 de la Orden de 1985 y las facultades del Ministerio de Industria y Energía. La subvención se concede en porcentaje determinado mediante resolución, con traslado a la sociedad de garantía. **b) Documentación requerida** Una vez concedida la subvención, la sociedad de garantía debe enviar al IMPI, en un plazo de dos meses, los siguientes documentos: - Certificación de licencia fiscal. - Certificación de seguridad social. - Certificación de IRPF. - Certificación de sociedades. - Póliza de aval. - Información sobre la garantía, clasificada en categorías específicas (A a V), detallando el tipo de garantía (real, pública, cesce, etc.) y su porcentaje. **c) Requisitos legales** Los requisitos se ajustan a la Orden de 15 de abril de 1985 o a disposiciones posteriores. La clasificación de garantías incluye: - **A**: Garantías reales al 100% (efectos públicos, depósitos, hipotecas, valores mobiliarios, mercancías). - **B**: Garantías reales al 100% distintas de A. - **C**: Garantías reales parciales >50%. - **D**: Garantías del sector público. - **E**: Garantía Cesce. - **F**: Garantía de entidad declarante a la CIR. - **G**: Garantía de Sociedad de Garantía Recíproca. - **H**: Garantía de entidad de crédito no residente. - **V**: Resto de situaciones no contempladas. La norma establece que los documentos deben incluir la clave de entidades financieras, indicación en letra y cifra, y especificación según las claves mencionadas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 1986 detalla el procedimiento para otorgar apoyo financiero al costo de los avales, con requisitos documentales y clasificación de garantías. El IMPI evalúa las solicitudes en función de prioridades y normativas vigentes. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Procedimiento detallado**: Establece pasos claros para la concesión de subvenciones. ⚠️ **Evaluación por prioridades**: Considera criterios de la Orden de 1985 y facultades ministeriales. 📋 **Documentación obligatoria**: Requiere certificaciones y clasificación de garantías. ℹ️ **Clasificación de garantías**: Define categorías específicas para su análisis. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional. - **Fuente**: Resolución de 1 de abril de 1986, Dirección General de la Pequeña y Mediana Industria. - **Tipo**: Orden Ministerial. - **Fecha**: 1 de abril de 1986. - **Materias**: Apoyo financiero, garantías, Sociedades de Garantía Recíproca, IMPI. - **Relevancia**: ALTA (regula un mecanismo clave para la financiación de empresas). **Palabras totales**: 650. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Resolución de 1986, el apoyo a garantías para pequeñas y medianas empresas (PYMEs) en España era gestionado de forma descentralizada por las comunidades autónomas (CCAA) y el Estado, sin un marco normativo único. La Unión Europea (UE) aún no había establecido regulaciones específicas en este ámbito, aunque existían directrices generales sobre apoyo a la pequeña empresa. La Resolución de 1986 unificó el procedimiento, integrando el Instituto de la Pequeña y Mediana Empresa Industrial (IMPI) como ente central, lo que facilitó la coordinación entre niveles estatal y autonómico. Esto importa porque garantizó una respuesta más eficiente y homogénea, alineándose con las tendencias europeas de apoyo a la competitividad de las PYMEs, esencial para su viabilidad en un contexto de integración económica.

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