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Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 6/1986, de 21 de noviembre, de concesión de un aval por importe de 262.000.000 de pesetas a la Empresa «Gestión de Magefesa en Cantabria, Sociedad Anónima» (GEMACASA).

BOE-A-1987-5478Publicada: 03/03/1987COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Ley 6/1986, de 21 de noviembre, de concesión de un aval por importe de 262.000.0 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 6/1986, de 21 de noviembre, concede un aval por 262.000.000 de pesetas a la empresa GEMACASA, con el objetivo de apoyar la reestructuración del grupo Magefesa en Cantabria, en un contexto de crisis económica y social. **2. CONTEXTO** El grupo Magefesa atraviesa una crisis profunda que requiere su reestructuración para su supervivencia. No se ha declarado al sector en reconversión nacional, y las empresas del grupo no pueden aportar recursos necesarios. En Cantabria, empresas como GURSA y CUNOSA ya han recibido avales previos. La ley busca garantizar la continuidad de estas empresas, considerando su impacto económico y social. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 6/1986 establece la concesión de un aval a GEMACASA, basada en el marco legal de la Diputación Regional de Cantabria. Se cita el **Artículo 66, punto 1, <in fine> de la Ley 7/1984, de 21 de diciembre, de Finanzas de la Diputación Regional de Cantabria**, que justifica la necesidad de apoyar actividades con incidencia económica y social. Además, se referencia el **Artículo 19, punto 1, del Título III, Capítulo I de la Ley 3/1986, de 28 de mayo, de Presupuestos Generales de la Diputación Regional de Cantabria**, que establece límites y condiciones para el aval, vinculados a la reserva de ley y la finalidad de los fondos. El aval se concede bajo las condiciones de la Ley 7/1984 y la Ley 3/1986, con facultades para el Consejo de Gobierno para definir plazos, comisiones y requisitos adicionales (Artículo 2). La norma se fundamenta en el **Artículo 15.2 del Estatuto de Autonomía de Cantabria**, que otorga competencias a la Diputación para promulgar leyes en materia de financiación. La Ley 5/1985 y la Ley 1/1986 de Cantabria también se mencionan como antecedentes de avales previos a otras empresas del grupo. El texto incluye disposiciones sobre la vigencia del aval, que entra en vigor el día de su publicación en el *Boletín Oficial de Cantabria*. La norma refleja la intervención del Consejo de Gobierno, con propuesta del Consejo de Obras Públicas y el Consejero de Economía, Hacienda y Comercio, para asegurar la adecuación del aval a los objetivos del grupo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La ley otorga un aval a GEMACASA para su reestructuración, basado en marcos legales regionales y nacionales. Se considera relevante el impacto socioeconómico del grupo y la necesidad de apoyo financiero. La norma establece límites y condiciones para el uso de los fondos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aval de 262 millones de pesetas**: Concedido a GEMACASA para su reestructuración. ⚠️ **Crisis económica y social**: Justifica la necesidad de apoyo al grupo Magefesa. 📋 **Marco legal regional**: Se basa en el Estatuto de Autonomía y leyes de la Diputación de Cantabria. ℹ️ **Facultades del Consejo de Gobierno**: Permite definir plazos y requisitos adicionales. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Cantabria (España). - **Fuente**: Ley 6/1986, de 21 de noviembre. - **Tipo**: Ley Ordinaria Nacional. - **Fecha**: 21 de noviembre de 1986. - **Materias**: Apoyo económico, reestructuración empresarial, financiación regional. - **Relevancia**: ALTA (refiere a medidas de intervención pública en crisis económicas). **Palabras totales**: 680. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 6/1986, el sistema de concesión de avales en Cantabria estaba regulado por el marco estatal y la normativa regional, que limitaba la intervención del Estado en asuntos de gestión económica local. En ese contexto, la Diputación Regional de Cantabria tenía cierta autonomía fiscal y económica, pero sin un marco legal claro para apoyar empresas en crisis. La Ley 6/1986 representa un avance en la regulación de la concesión de avales, al establecer un marco más específico y vinculado a la necesidad de garantizar la continuidad de empresas con impacto social y económico. Esto importa porque refleja un cambio en la relación entre el Estado y las entidades locales, fortaleciendo el papel de las instituciones regionales en la gestión de crisis económicas.

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