Ley 2/1987, de 9 de abril, de Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Valenciana.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Ley 2/1987, de 9 de abril, de Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Comunida ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 2/1987, de 9 de abril, del Estatuto de Consumidores y Usuarios de la Comunidad Valenciana, establece el marco jurídico para la protección de los derechos de los consumidores y usuarios, definiendo sus derechos, obligaciones, mecanismos de defensa y sanciones aplicables a infracciones. **2. CONTEXTO** La norma fue aprobada en 1987 como parte del sistema de protección al consumidor en la Comunidad Valenciana, reflejando un cambio en la orientación legislativa hacia la consolidación de derechos públicos y prioritarios para los consumidores. Se basa en la Constitución y el Estatuto de Autonomía, con el objetivo de equilibrar la relación entre consumidores y empresas en un mercado dinámico y desigual. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 2/1987 establece un marco integral para la protección de los consumidores y usuarios, articulado en disposiciones generales, específicas y disposiciones finales. En el preámbulo, se destaca la evolución de la protección del consumidor desde un enfoque sectorial hacia un enfoque general, con la necesidad de un tratamiento jurídico formal y prioritario. **Artículo 1**: Define los derechos de los consumidores, incluyendo la información clara, la transparencia en precios y condiciones, la seguridad de los productos y servicios, y la protección contra prácticas comerciales engañosas. **Artículo 2**: Establece obligaciones de los operadores económicos, como la buena fe, la calidad de los productos, la garantía de seguridad y la cumplimiento de las normas de protección. **Artículo 36**: Regula sanciones por infracciones, incluyendo multas de hasta 100.000 pesetas, y establece que no se aplicará una doble sanción por los mismos hechos. Además, permite el decomiso de mercancía falsificada o peligrosa, corriendo por cuenta del infractor los gastos derivados. **Disposiciones finales**: - **Primera**: En materia no prevista, se aplica la Ley 26/1984, de 19 de julio, General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios. - **Segunda**: El procedimiento sancionador se rige por el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, sobre infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor. La norma también establece que la retirada precautoria o definitiva de productos o servicios no autorizados no tiene carácter de sanción, sino de medida preventiva. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 2/1987 consagra un marco jurídico para la protección del consumidor en la Comunidad Valenciana, priorizando su interés frente a otros derechos. Establece derechos claros, obligaciones de los operadores económicos y mecanismos de sanción eficaces. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Derechos claros**: Información, transparencia, seguridad y protección contra prácticas engañosas. ⚠️ **Sanciones eficaces**: Multas hasta 100.000 pesetas y decomiso de mercancía peligrosa. 📋 **Procedimiento sancionador**: Regulado por el Real Decreto 1945/1983. ℹ️ **Prioridad del interés del consumidor**: Supera otros derechos en conflictos con el mercado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Comunidad Valenciana. - **Fuente**: Ley Ordinaria 2/1987. - **Tipo**: Ley Ordinaria. - **Fecha**: 9 de abril de 1987. - **Materias**: Protección del consumidor, derechos de los usuarios, sanciones. - **Relevancia**: ALTA (refiere a un marco jurídico fundamental para la protección del consumidor en la Comunidad Valenciana). **Palabras clave**: Consumidor, derechos, sanciones, protección, mercado, desigualdad. **Longitud**: 650 palabras. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────