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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 3 de octubre de 1990 por la que se actualizan las condiciones para el comercio intracomunitario y con terceros países de reproductores y material genético de porcinos hibrídos.

BOE-A-1990-26301Publicada: 30/10/1990MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**Normativa para el comercio de cerdos híbridos y su material genético** Esta orden establece las reglas para la venta y el intercambio de cerdos híbridos destinados a la cría, así como de su material genético como esperma, óvulos o embriones, tanto dentro de España como con otros países. Su objetivo es asegurar que toda la documentación que acompaña a estos animales y su material sea uniforme y clara. Concretamente, se exige que los reproductores porcinos híbridos y su material genético vayan acompañados de un certificado oficial. Este certificado debe incluir información detallada sobre el animal o el material, como su identificación, fecha de nacimiento, tipo genético, sexo, y los datos del criador y propietario. También se especifica cómo debe ser el certificado para el esperma, detallando los datos del macho del que procede. La orden entró en vigor el 30 de octubre de 1990, fecha de su publicación. Su aplicación es fundamental para garantizar la trazabilidad y la calidad sanitaria en el comercio de estos animales y su material genético, facilitando así las transacciones comerciales y cumpliendo con las normativas europeas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1990 surge de la necesidad de armonizar la documentación para el comercio intracomunitario de reproductores y material genético de porcinos híbridos, en línea con las directivas europeas de la época. Antes de esta normativa, la presentación de certificados podía variar, dificultando los intercambios. La orden adapta la legislación nacional a la Decisión 89/506/CEE de la Comisión Europea, que establecía un modelo de certificado común. Su importancia radica en facilitar el comercio dentro de la Unión Europea y con terceros países, garantizando la trazabilidad y la calidad sanitaria, un aspecto crucial para la ganadería y la seguridad alimentaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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