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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 865/1998, de 8 de mayo, por el que se aplaza hasta el 18 de marzo del año 2000 la entrada en vigor de lo establecido en la disposición transitoria única del Real Decreto 2160/1993, de 10 de diciembre, por el que se regula la indicación de precios de los productos ofrecidos a los consumidores y usuarios.

BOE-A-1998-11628Publicada: 19/05/1998MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

**Se retrasa la obligación de indicar el precio por unidad de medida** Este Real Decreto pospone la fecha límite para que los productos envasados muestren su precio por unidad de medida (como el precio por kilo o por litro). Originalmente, esta norma debía cumplirse antes, pero se ha ido aplazando para dar más tiempo a su adaptación. Lo que cambia concretamente es que los comercios y fabricantes tendrán hasta el 18 de marzo del año 2000 para empezar a indicar de forma obligatoria el precio por unidad de medida en los productos que ya vienen envasados con cantidades fijas. Esto facilita la comparación de precios entre diferentes productos y tamaños. La entrada en vigor de esta nueva fecha límite, el 18 de marzo de 2000, se establece para dar cumplimiento a una normativa europea que también ha prolongado sus plazos. El Real Decreto se publicó el 19 de mayo de 1998, por lo que entró en vigor al día siguiente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto surge de la necesidad de adaptar la normativa española a directivas europeas sobre indicación de precios, que buscaban proteger al consumidor facilitando la comparación de precios por unidad de medida. Inicialmente, la obligación de indicar estos precios para productos envasados se fijó en 1995, pero la complejidad de su aplicación a nivel comunitario provocó sucesivas prórrogas. La Directiva 98/6/CE amplió el plazo hasta marzo de 2000, lo que motivó este Real Decreto nacional para alinear la fecha de entrada en vigor. A diferencia de otras CCAA que podrían tener normativas específicas, este es un real decreto de ámbito nacional que afecta a todos los consumidores y empresas del país. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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