Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Orden JUS/2385/2007, de 27 de julio, por la que se aclara el apartado 2 de la disposición final segunda y la disposición final tercera del Real Decreto 172/2007, de 9 de febrero, por el que se modifica la demarcación de los Registros de la Propiedad, Mercantiles y de Bienes Muebles, en lo relativo a las competencias asumidas por las Comunidades Autónomas.

BOE-A-2007-14886Publicada: 04/08/2007MINISTERIO DE JUSTICIA

¿Qué dice esta ley?

**Aclaración sobre la organización de los Registros de la Propiedad y Mercantiles** Esta orden aclara cómo se deben resolver las dudas que surjan al aplicar los cambios en la organización de los Registros de la Propiedad y Mercantiles, especialmente cuando las Comunidades Autónomas tienen competencias transferidas. Busca asegurar que el servicio público de estos registros funcione correctamente y sin demoras. Lo que cambia concretamente es que las Comunidades Autónomas que ya tienen asumidas competencias en esta materia serán las encargadas de resolver los problemas prácticos que aparezcan. Esto incluye cuestiones sobre los límites geográficos de los registros, la asignación de nuevas áreas o la modificación de las existentes, así como cualquier otra duda que los registradores planteen. Esta orden entra en vigor el 4 de agosto de 2007, ya que es una aclaración de un Real Decreto anterior publicado en febrero de 2007. Su objetivo es facilitar la aplicación de las nuevas demarcaciones registrales y garantizar la eficiencia en la prestación de servicios a los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta orden, la organización de los Registros de la Propiedad y Mercantiles se regía por el Real Decreto 172/2007, que revisaba su demarcación. Sin embargo, la entrada en vigor de reformas estatutarias en algunas Comunidades Autónomas generó dudas sobre quién tenía la competencia para resolver problemas prácticos en la ejecución de esta nueva demarcación. Esta orden aclara que las Comunidades Autónomas con competencias asumidas resolverán estas cuestiones, alineándose con el principio de lealtad institucional y garantizando la continuidad del servicio público. A diferencia de otras CCAA que no tienen estas competencias transferidas, aquí se delega la resolución de dudas para agilizar la adaptación a la nueva organización registral. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →