Orden MinisterialNacionalvigente

Orden FOM/896/2010, de 6 de abril, por la que se regula el requisito de competencia lingüística y su evaluación.

BOE-A-2010-5881Publicada: 13/04/2010MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

**Examen de inglés para pilotos y controladores aéreos** Esta orden ministerial establece la necesidad de demostrar un nivel de competencia en el idioma inglés, o el idioma de la estación de control, para poder ejercer como piloto de avión o helicóptero, y como controlador de tránsito aéreo. El objetivo es garantizar la seguridad en las comunicaciones aeronáuticas a nivel internacional. Concretamente, se define cómo se evaluará esta competencia lingüística, qué centros estarán autorizados para realizar los exámenes y cómo se registrará el nivel de aptitud en las licencias de los profesionales. Se establecen seis niveles de competencia, de los cuales solo los tres más altos son válidos para estas profesiones. La orden entró en vigor el 13 de abril de 2010, fecha posterior a su publicación, para dar tiempo a la adaptación de los procedimientos y la formación necesaria para cumplir con estos requisitos internacionales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Orden FOM/896/2010 surge de la necesidad de implementar a nivel nacional los requisitos de competencia lingüística para pilotos y controladores aéreos, impulsados por la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI). Antes de esta orden, la normativa europea y española ya estaba adaptándose a estas exigencias, como se evidencia en directivas y reales decretos previos. Esta orden completa el marco normativo al detallar el sistema de evaluación y certificación. Su importancia radica en armonizar las prácticas españolas con los estándares internacionales, asegurando la seguridad y eficiencia del tráfico aéreo global, un aspecto crucial en una actividad intrínsecamente transfronteriza. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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