Real DecretoNacionalvigente

Resolución de 27 de diciembre de 2012, de la Dirección General de Política Energética y Minas, por la que se aprueba el perfil de consumo y el método de cálculo a efectos de liquidación de energía, aplicables para aquellos consumidores tipo 4 y tipo 5 que no dispongan de registro horario de consumo, así como aquellos que han pasado de ser tipo 4 a tipo 3, según el Real Decreto 1110/2007, de 24 de agosto, por el que se aprueba el reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico, par

BOE-A-2012-15708Publicada: 29/12/2012MINISTERIO DE INDUSTRIA, ENERGÍA Y TURISMO

¿Qué dice esta ley?

**Nuevas reglas para calcular el consumo de luz para algunos hogares y negocios** Esta normativa establece cómo se calculará la energía consumida por ciertos tipos de clientes de electricidad que no tienen un contador que registre su consumo hora a hora. También afecta a aquellos que han cambiado de categoría de medición de energía y tampoco tienen este registro horario. El objetivo es asegurar que la facturación sea correcta para todos. Lo que cambia concretamente es la forma en que se determina la cantidad de electricidad que se ha consumido. Se aprueban unos 'perfiles de consumo' y un 'método de cálculo' específicos. Estos perfiles son como patrones de cómo se suele consumir la energía a lo largo del día para estos clientes, y el método de cálculo los utiliza para liquidar la energía, es decir, para saber cuánto se debe pagar. Esta nueva forma de calcular el consumo entra en vigor a partir del 1 de enero de 2013. Es importante tener en cuenta que esta resolución se publicó a finales de 2012, pero sus efectos prácticos en la facturación comenzaron al inicio del año siguiente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, existían diferentes formas de calcular el consumo eléctrico, especialmente para aquellos consumidores que no contaban con la tecnología de registro horario. La normativa buscaba unificar y clarificar estos métodos para los llamados consumidores tipo 4 y tipo 5, así como para aquellos que cambiaban de clasificación. A nivel nacional, esta resolución se enmarca en el desarrollo del Reglamento unificado de puntos de medida del sistema eléctrico. Su aprobación por la Dirección General de Política Energética y Minas, tras la propuesta de Red Eléctrica de España y el informe favorable de la Comisión Nacional de Energía, es crucial para la correcta liquidación de la energía y la transparencia en el mercado eléctrico. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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