Orden TEC/813/2019, de 24 de julio, sobre las tarifas del área española del Registro de la Unión en el marco de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la que se regula el régimen del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden TEC/813/2019, de 24 de julio, sobre las tarifas del área española del Regi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Orden Ministerial 813/2019 establece las tarifas aplicables al Registro de la Unión en España, relacionadas con la gestión de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. 2. **CONTEXTO** El Registro de la Unión tiene como objetivo llevar un registro exacto de los derechos de emisión, garantizando su cumplimiento en el marco del Protocolo de Kioto y el funcionamiento del comercio de derechos de emisión en la Unión Europea. En España, este sistema está regulado por la Ley 1/2005 y el Real Decreto 1264/2005, que establecen las normas de organización y funcionamiento del Registro nacional. El presente orden ministerial se enmarca en este marco normativo para fijar las tarifas aplicables a distintos tipos de cuentas en el Registro. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Orden Ministerial 813/2019, de 24 de julio de 2019, regula las tarifas del área española del Registro de la Unión en el marco de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, sobre el comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. Este orden ministerial establece las tarifas aplicables a distintas operaciones relacionadas con el Registro, como la apertura, mantenimiento y cancelación de cuentas, así como las tarifas asociadas a las cuentas de entrega mediante subasta y las cuentas en el Registro Kioto nacional. En concreto, el orden ministerial establece que la tarifa por apertura de cuenta en el Registro de la Unión es de 1.000 euros, previa a la apertura, y la tarifa de mantenimiento es de 1.000 euros anual o por período inferior en el año de apertura o cancelación, abonándose en el mes de octubre del año de devengo, salvo en el año de apertura, que se pagará junto con la tarifa por apertura de cuenta. Esta tarifa aplica tanto a las cuentas de entrega mediante subasta como a las cuentas en el Registro Kioto nacional. En cuanto a las cuentas en el Registro Kioto nacional, la tarifa por apertura de cuenta es de 700 euros, previa a la apertura, y la tarifa de mantenimiento es de 250 euros anual o por período inferior en el año de apertura o cancelación, abonándose en el mes de octubre del año de devengo, salvo en el año de apertura, que se pagará junto con la tarifa por apertura de cuenta. Estas tarifas están diseñadas para cubrir los costes de gestión del Registro, garantizando su funcionamiento eficiente y transparente. El orden ministerial se enmarca en el marco normativo europeo, que incluye la Directiva 2003/87/CE, el Reglamento (UE) n.º 389/2013 y las Decisiones n.º 280/2004/CE y n.º 406/2009/CE, que establecen el régimen del comercio de derechos de emisión en la Unión Europea. Además, se complementa con la Ley 1/2005 y el Real Decreto 1264/2005, que regulan el sistema en España. El sistema de registros en la Unión Europea ha sufrido importantes modificaciones como consecuencia de los cambios en la normativa de los derechos de emisión, lo que ha llevado a la necesidad de actualizar las tarifas aplicables. El Orden Ministerial 813/2019 refleja estas actualizaciones, asegurando que las tarifas sean coherentes con el marco normativo vigente y con las necesidades de gestión del Registro. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Orden Ministerial 813/2019 establece las tarifas aplicables al Registro de la Unión en España, regulando las operaciones de apertura, mantenimiento y cancelación de cuentas. Estas tarifas están diseñadas para garantizar el funcionamiento eficiente del Registro en el marco del régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Establece tarifas para el Registro de la Unión**: Define las cuotas por apertura, mantenimiento y cancelación de cuentas. ⚠️ **Tarifas diferenciadas según tipo de cuenta**: Hay distintas tarifas para cuentas de entrega mediante subasta, cuentas en el Registro Kioto nacional y cuentas generales. 📋 **Regulación en el marco de la Ley 1/2005**: Se enmarca en el marco normativo español y europeo sobre comercio de derechos de emisión. ℹ️ **Actualización del sistema de registros**: Refleja modificaciones en la normativa europea y española sobre gestión de derechos de emisión. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial 813/2019 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 24 de julio de 2019 - **Materias**: Cambio climático, comercio de derechos de emisión, Registro de la Unión, tarifas - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden, la gestión del Registro de la Unión en España se basaba en la Ley 1/2005 y el Real Decreto 1264/2005, que regulaban el Registro Nacional de derechos de emisión. La normativa europea, concretamente la Directiva 2003/87/CE y el Reglamento (UE) n.º 389/2013, establecieron la transición hacia un Registro de la Unión centralizado, aunque la responsabilidad de la gestión de las cuentas recae en cada Estado miembro. Esta Orden, aprobada por el Ministerio para la Transición Ecológica, actualiza las tarifas del área española de dicho registro, lo cual es relevante para los ciudadanos y empresas que operan en el mercado de derechos de emisión, ya que impacta directamente en los costes asociados a la participación en este sistema de reducción de gases de efecto invernadero. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────