Resolución de 10 de octubre de 2019, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se aprueba la adaptación de las reglas de funcionamiento de los mercados diario e intradiario y de determinados procedimientos de operación para permitir el adelanto de la apertura del mercado intradiario continuo en el mercado eléctrico ibérico a las 15:00 CET, de acuerdo a la Decisión de la Agencia Europea para la Cooperación de Reguladores n.º 04/2018, de 24 de abril de 2012, adoptada al
¿Qué dice esta ley?
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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta resolución, el mercado eléctrico ibérico (MIBEL) operaba con un modelo que incluía subastas diarias y seis subastas intradiarias, abriendo el mercado continuo intradiario a las 22:00 del día anterior. Esta normativa, aprobada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) y la Autoridad Reguladora de Servicios Energéticos (ERSE) de Portugal, adapta el MIBEL a la Decisión de la Agencia Europea para la Cooperación de Reguladores de Energía (ACER) que establece la apertura del mercado intradiario continuo europeo a las 15:00 CET del día anterior (D-1). A diferencia de otros países europeos que ya operan bajo este horario, España y Portugal se alinean ahora con esta directiva, lo que importa al ciudadano porque permite una mayor flexibilidad y potencial optimización en la gestión de la oferta y la demanda eléctrica, pudiendo influir en la estabilidad de precios y la eficiencia del mercado. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────