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Real Decreto 521/2019, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión directa de subvenciones a la Real Sociedad Geográfica y al Observatorio del Ebro durante el ejercicio presupuestario 2019.

BOE-A-2019-14069Publicada: 03/10/2019MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 521/2019, de 13 de septiembre, por el que se regula la concesión di ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 521/2019 concede subvenciones directas a la Real Sociedad Geográfica y al Observatorio del Ebro para el desarrollo de actividades relacionadas con la geografía y la geofísica durante el año 2019. 2. **CONTEXTO** El Ministerio de Fomento ha contraído compromisos con distintos organismos en el ámbito de la información geográfica, para cuyo cumplimiento deben realizarse aportaciones. La Real Sociedad Geográfica y el Observatorio del Ebro son instituciones con larga colaboración con el Instituto Geográfico Nacional (IGN) y el Centro Nacional de Información Geográfica (CNIG). Estas entidades desempeñan un papel relevante en la promoción y difusión de conocimientos geográficos y geofísicos en España. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 521/2019, de 13 de septiembre de 2019, establece la concesión directa de subvenciones a la Real Sociedad Geográfica y al Observatorio del Ebro durante el ejercicio presupuestario 2019. Esta norma se fundamenta en el título III del Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, sobre subvenciones. En concreto, el capítulo II de dicho título regula la concesión de subvenciones directas, y el artículo 41 de la Ley 38/2003 establece que el órgano competente para exigir el reintegro de la subvención es el que la concedió. El Real Decreto también establece un régimen sancionador, en el que las posibles infracciones cometidas por las entidades beneficiarias se graduarán y sancionarán de acuerdo con lo establecido en el título IV de la Ley 38/2003 y en el título IV de su Reglamento, aprobado por el Real Decreto 887/2006, de 21 de julio. Además, el Real Decreto se dicta al amparo de las competencias que el Estado tiene según el artículo 149 de la Constitución Española, específicamente en los apartados 13.ª, 15.ª y 18.ª, que se refieren a la planificación económica, el fomento de la investigación científica y técnica, y el régimen jurídico de las Administraciones públicas. La norma también incluye una disposición final primera que establece el título competencial, una disposición final segunda que habilita al Ministro de Fomento para adoptar disposiciones necesarias para su desarrollo, y una disposición final tercera que fija la entrada en vigor del Real Decreto, que será el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 13 de septiembre de 2019, y fue firmado por el Rey Felipe VI y por el Ministro de Fomento, José Luis Ábalos Meco. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 521/2019 concede subvenciones a la Real Sociedad Geográfica y al Observatorio del Ebro para actividades geográficas y geofísicas. Se fundamenta en el Reglamento de la Ley 38/2003 y establece un régimen sancionador. La norma se dicta bajo competencias constitucionales y entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de subvenciones directas**: Se otorgan subvenciones a la Real Sociedad Geográfica y al Observatorio del Ebro. ⚠️ **Regulación legal**: Se basa en el título III del Reglamento de la Ley 38/2003, que establece la concesión de subvenciones. 📋 **Régimen sancionador**: Las infracciones se sancionan según el título IV de la Ley 38/2003 y su Reglamento. ℹ️ **Competencias constitucionales**: El Real Decreto se dicta bajo las competencias del artículo 149 de la Constitución Española. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 521/2019 - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 13 de septiembre de 2019 - **Materias**: Subvenciones, investigación científica, geografía, geofísica, administración pública - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la financiación de la Real Sociedad Geográfica y el Observatorio del Ebro se articulaba a través de convenios de colaboración con el Ministerio de Fomento, sin que existiera una norma específica que regulara la concesión directa de subvenciones para estas entidades concretas. A diferencia de otras subvenciones que suelen seguir procedimientos de concurrencia competitiva, este Real Decreto opta por la concesión directa, amparándose en el artículo 22.2.c) de la Ley General de Subvenciones, que permite esta vía cuando concurren razones de interés público debidamente justificadas que dificultan la convocatoria pública. Esta diferencia es relevante para el ciudadano, ya que asegura la continuidad de actividades de gran valor público en materia geográfica y geofísica, evitando la posible interrupción de servicios esenciales o la pérdida de conocimiento acumulado por estas instituciones históricas, sin necesidad de competir en un proceso que podría no ser el más adecuado para su naturaleza y continuidad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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