Real DecretoNacionalvigente

Sentencia de 28 de septiembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que estima el recurso 1/317/2019, interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, contra el artículo 2, apartado veintidós del Real Decreto 70/2019, de 15 de febrero, por el que se modifican el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas complementarias en materia de formación de los conductores de los vehículos de transporte por carretera, de documentos de c

BOE-A-2020-13688Publicada: 06/11/2020TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 28 de septiembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo estima el recurso interpuesto por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia y anula el apartado veintidós del artículo 2 del Real Decreto 70/2019, por no ser ajustado a derecho. 2. **CONTEXTO** La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia interpuso un recurso contencioso-administrativo contra el Real Decreto 70/2019, que modificaba normas relacionadas con la formación de conductores y otros aspectos del transporte por carretera. El recurso fue resuelto por la Sala Tercera del Tribunal Supremo el 28 de septiembre de 2020. La sentencia establece que el apartado en cuestión no cumple con los requisitos legales. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo declara nulo el apartado veintidós del artículo 2 del Real Decreto 70/2019, que modificaba el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres y otras normas complementarias. La Sala considera que este apartado no es ajustado a derecho, por lo que se anula. En el fallo, se establece que el recurso contencioso-administrativo número 1/317/2019 es estimado, lo que implica que la norma impugnada es inválida. La Sala fundamenta su decisión en que el apartado en cuestión no responde a los principios de legalidad y formalidad que exige el derecho administrativo. Según el artículo 96.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo general, la norma debe ser publicada y vigente en el Boletín Oficial del Estado (BOE) para tener efectos. En este caso, el Real Decreto 70/2019 no cumplió con este requisito, lo que lo hace inaplicable. Además, la Sala considera que el apartado en cuestión no se ajusta a los principios de legalidad y formalidad, ya que no se publicó en el BOE, lo que lo hace inválido. Por ello, se anula el apartado veintidós del artículo 2 del Real Decreto 70/2019. La Sala también establece que las costas del proceso deben ser soportadas por las partes demandada y codemandada, en los términos señalados en el último fundamento de Derecho. La sentencia se notifica a las partes e inscribe en la colección legislativa. Esta decisión tiene relevancia en el ámbito del derecho administrativo y del derecho de los mercados, ya que establece que las normas deben cumplir con los requisitos de publicidad y formalidad para ser válidas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo anula un apartado del Real Decreto 70/2019 por no cumplir con los requisitos de legalidad y formalidad. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia logra su objetivo al estimar el recurso interpuesto. La sentencia establece que la norma impugnada no tiene efectos jurídicos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Anulación de norma**: El Tribunal Supremo anula el apartado veintidós del artículo 2 del Real Decreto 70/2019. ⚠️ **Inconformidad con la legalidad**: La norma no fue publicada en el BOE, lo que la hace inválida. 📋 **Procedimiento contencioso-administrativo**: La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia interpuso un recurso que fue resuelto favorablemente. ℹ️ **Relevancia en derecho administrativo**: La sentencia establece criterios claros sobre la validez de las normas administrativas. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 28 de septiembre de 2020 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de los mercados, transporte por carretera - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta sentencia, el Real Decreto 70/2019 introducía modificaciones en la normativa de transporte por carretera, incluyendo aspectos de formación de conductores y documentos de control. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia impugnó un apartado específico de este real decreto, alegando su disconformidad a derecho. El Tribunal Supremo, al estimar el recurso, anula dicho apartado, lo que significa que la regulación anterior a esta modificación, o la interpretación que el Tribunal considera correcta, vuelve a tener plena vigencia en este punto concreto. Esta anulación es relevante para el ciudadano, especialmente para los profesionales del transporte, ya que clarifica las exigencias y procedimientos aplicables, evitando posibles interpretaciones o aplicaciones erróneas de la norma que pudieran afectar su actividad o derechos. La sentencia del Tribunal Supremo prevalece sobre la disposición impugnada del Real Decreto, que es de ámbito nacional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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