Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 15/2021, de 23 de octubre, por la que se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, así como la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, el Real Decreto-ley 5/2010, de 31 de marzo, por el que se amplía la vigencia de determinadas medidas económicas de carácter temporal, y la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones.

BOE-A-2021-17276Publicada: 25/10/2021Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Ley 15/2021, de 23 de octubre, por la que se modifica la Ley 34/2006, de 30 de o ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 15/2021 modifica la legislación sobre el acceso a las profesiones de abogado y procurador, así como la normativa de sociedades profesionales y la Ley General de Telecomunicaciones, con el objetivo de adaptarla al Derecho Europeo y garantizar la libre competencia en el sector de las telecomunicaciones. **2. CONTEXTO** La norma fue aprobada como parte del Plan Anual Normativo 2020, tras una iniciativa que respondía a las objeciones de la Comisión Europea sobre el modelo vigente en el procedimiento de infracción 2015/4062. La reforma busca alinear la legislación española con las previsiones del Derecho Europeo, especialmente en materia de servicios en el mercado interior y libertad de circulación de servicios. Además, se modifica la Ley General de Telecomunicaciones para garantizar la libre competencia en la elaboración y comercialización de guías de abonados y servicios de información telefónica. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 15/2021, de 23 de octubre de 2021, introduce modificaciones significativas en la normativa que regula el acceso y ejercicio de las profesiones de abogado y procurador, así como en la regulación de las sociedades profesionales y en la Ley General de Telecomunicaciones. En primer lugar, se modifica la Ley 34/2006, de 30 de octubre, sobre el acceso a las profesiones de Abogado y Procurador de los Tribunales, y la Ley 2/2007, de 15 de marzo, de sociedades profesionales, con el fin de adaptarlas al Derecho Europeo. En concreto, se elimina la reserva de actividad para el ejercicio de la procura, lo que permite que profesionales de abogacía puedan ejercer también como procuradores, siempre que cumplan con los requisitos establecidos. Asimismo, se prohibe la existencia de sociedades multidisciplinares que puedan abarcar tanto la abogacía como la procura, con el objetivo de garantizar la independencia y la especialización de las profesiones. En segundo lugar, la Ley incorpora modificaciones a la Ley 9/2014, de 9 de mayo, General de Telecomunicaciones, con el fin de garantizar la libre competencia en el sector de las telecomunicaciones. En concreto, se establece que la elaboración y comercialización de las guías de abonados a los servicios de comunicaciones electrónicas y la prestación de los servicios de información sobre ellos se realizarán en régimen de libre competencia. Las empresas que asignen números de teléfono a los abonados deberán dar curso a todas las solicitudes razonables de suministro de información pertinente para la prestación de los servicios de información sobre números de abonados y guías accesibles al público, en un formato aprobado y en unas condiciones equitativas, objetivas, orientadas en función de los costes y no discriminatorias. Además, se establece que el suministro de la citada información estará sometido a su posterior utilización en la normativa en materia de protección de datos vigente en cada momento. La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia deberá suministrar gratuitamente a las entidades que vayan a elaborar guías telefónicas de abonados, a las que presten el servicio de consulta telefónica sobre números de abonado, a las que presten los servicios de llamadas de emergencia y a los servicios estadísticos oficiales para la elaboración de encuestas y el desarrollo de las competencias estadísticas que la Ley les confiere, los datos que le faciliten los operadores, de conformidad con las condiciones que se establezcan mediante real decreto. La cesión de estos datos en favor de los servicios estadísticos oficiales deberá basarse en los principios recogidos en la normativa de protección de datos y, especialmente, en los de minimización y limitación de la finalidad. Por último, la Ley establece que entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que permite un periodo de transición para que las entidades y profesionales se adapten a los nuevos requisitos. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 15/2021 introduce importantes reformas en la regulación de las profesiones de abogado y procurador, así como en la normativa de telecomunicaciones, con el objetivo de alinear la legislación española con el Derecho Europeo y garantizar la libre competencia. La norma establece un marco legal más claro y equitativo, con especial atención a la protección de datos y la transparencia en el sector de las telecomunicaciones. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones en el acceso a las profesiones de abogado y procurador** para adaptarlas al Derecho Europeo. ⚠️ **Prohibición de sociedades multidisciplinares** que abarquen ambas profesiones. 📋 **Regulación de la libre competencia en el sector de telecomunicaciones** con garantía de transparencia. ℹ️ **Protección de datos** en el suministro de información sobre números de abonados. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Ley 15/2021 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 23 de octubre de 2021 - **Materias**: Derecho profesional, Derecho europeo, Telecomunicaciones - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, el acceso a las profesiones de abogado y procurador estaba regulado de forma más restrictiva, con requisitos y capacitaciones distintas que, en la práctica, mantenían una separación clara entre ambas. Esta normativa nacional, aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey, responde a las objeciones de la Comisión Europea respecto al modelo vigente, alineándose con directivas de la UE como la 2006/123/CE y los artículos 49 y 56 del TFUE, que promueven la libre prestación de servicios y la eliminación de barreras. A diferencia de otras CCAA que pudieran tener regulaciones específicas, esta ley establece un marco nacional unificado. La principal diferencia para el ciudadano radica en la flexibilización del acceso, permitiendo que los abogados puedan ejercer como procuradores (y viceversa) tras una formación y evaluación común, lo que potencialmente podría mejorar la eficiencia y la oferta de servicios legales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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