Sentencia de 15 de noviembre de 2021, de la Sala Tercera, Sección Tercera, del Tribunal Supremo que estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la mercantil Eléctrica Los Molinos, S.L.U., contra la Orden TED/866/2020, de 15 de septiembre, por la que se establecen las retribuciones de varias empresas de distribución de energía eléctrica correspondientes al segundo periodo del año 2013 y a los años 2014 y 2015 en ejecución de varias sentencias.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 15 de noviembre de 2021, de la Sala Tercera, Sección Tercera, del T ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera, Sección Tercera del Tribunal Supremo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Eléctrica Los Molinos, S.L.U. contra la Orden TED/866/2020, anulando la retribución para el año 2015 y ordenando el abono de una cantidad superior. 2. **CONTEXTO** Eléctrica Los Molinos, S.L.U. interpuso un recurso contra la Orden TED/866/2020, que establecía retribuciones para empresas de distribución eléctrica en los años 2013, 2014 y 2015. La sentencia del Tribunal Supremo, dictada el 15 de noviembre de 2021, resuelve el conflicto. La Orden fue dictada en septiembre de 2020 para ejecutar sentencias anteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo estima el recurso contencioso-administrativo interpuesto por Eléctrica Los Molinos, S.L.U. contra la Orden TED/866/2020, de 15 de septiembre de 2020, que establecía las retribuciones de varias empresas de distribución eléctrica en los años 2013, 2014 y 2015. La Sala Tercera, Sección Tercera, anula la Orden en lo que respecta a las retribuciones para Eléctrica Los Molinos, S.L. correspondientes al año 2015 (Anexo III), al considerar que dicha retribución no fue determinada de forma correcta. En su lugar, la Sala ordena que se abone a la empresa la cantidad de 2.091.130 € como retribución correspondiente al año 2015, en lugar de los 1.883.580 € que se le habría abonado según la Orden impugnada. Además, se reconoce la cantidad correspondiente a los intereses que procedan por la diferencia entre lo que percibió (1.833.580 €) y lo que hubiera podido percibir (2.091.130 €), desde que se le abonaron las referidas retribuciones hasta el abono de la diferencia que ahora se le reconoce. Por último, se imponen las costas del proceso a la parte demandada en los términos señalados en el último fundamento jurídico de la sentencia. La Sala fundamenta su decisión en la falta de determinación correcta de la retribución para el año 2015, lo cual se considera una irregularidad en la aplicación de la normativa vigente. En concreto, la Sala señala que la Orden TED/866/2020 no cumplió con los requisitos legales para la determinación de las retribuciones, lo que generó una irregularidad en la aplicación de la normativa. La Sala recurre a los artículos 102 y 103 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de procedimiento administrativo general, que regulan los recursos contencioso-administrativos y la nulidad de actos administrativos. Asimismo, se aplica el artículo 106 de la misma ley, que establece que la Administración debe abonar a los interesados la cantidad que corresponda, en caso de que se haya producido una irregularidad en la determinación de la retribución. La sentencia también se basa en el artículo 107 de la Ley 39/2015, que establece que la Administración debe abonar los intereses de demora en caso de que se haya producido una irregularidad en la determinación de la retribución. La Sala considera que, al no haberse determinado correctamente la retribución para el año 2015, la empresa tuvo derecho a percibir una cantidad superior a la que se le abonó, y por ello se le reconoce la diferencia correspondiente, junto con los intereses que procedan. En cuanto a las costas, la Sala aplica el artículo 109 de la Ley 39/2015, que establece que las costas del proceso deben ser imputadas a la parte demandada si el recurso es estimado. En este caso, la Sala considera que la Orden TED/866/2020 fue dictada de forma incorrecta, por lo que la parte demandada debe asumir las costas del proceso. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia del Tribunal Supremo anula la retribución para el año 2015 y ordena el abono de una cantidad superior. La empresa recupera la diferencia y los intereses correspondientes. Las costas del proceso son imputadas a la parte demandada. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Estimación del recurso**: El Tribunal Supremo estima el recurso interpuesto por Eléctrica Los Molinos, S.L.U. ⚠️ **Anulación de la retribución**: La Orden TED/866/2020 es anulada en lo referente a la retribución del año 2015. 📋 **Abono de la diferencia**: Se ordena el abono de 2.091.130 € en lugar de 1.883.580 €, junto con intereses. ℹ️ **Costas del proceso**: Las costas son imputadas a la parte demandada. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia - **Fecha**: 15 de noviembre de 2021 - **Materias**: Derecho administrativo, derecho de la energía, retribuciones de empresas de distribución eléctrica - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Esta sentencia del Tribunal Supremo, que anula parcialmente la Orden TED/866/2020, se produce en un contexto de litigiosidad recurrente sobre la retribución de las empresas de distribución eléctrica en España. Antes de esta orden, existían normativas y sentencias previas que buscaban fijar estas retribuciones, pero la aplicación de las mismas generó discrepancias, como demuestra este caso. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que pueden tener regímenes retributivos propios o de la normativa estatal general, la fijación de retribuciones en el sector energético está fuertemente influenciada por directivas de la Unión Europea y por la interpretación judicial de la legislación nacional. La Orden TED/866/2020 fue aprobada por el Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, mientras que la sentencia del Supremo, al estimar el recurso, representa una decisión judicial que corrige la actuación administrativa. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que afecta directamente a la transparencia y equidad en la fijación de tarifas energéticas, repercutiendo en el coste final del suministro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────