Circular 2/2023, de 28 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 1/2020, de 9 de enero, por la que se establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Circular 2/2023, de 28 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución 2/2023 de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia modifica la Circular 1/2020 para actualizar la metodología de cálculo de la retribución del gestor técnico del sistema gasista, incorporando ajustes en la valoración de incentivos por años específicos. 2. **CONTEXTO** La norma se enmarca en el marco legal de la Ley 3/2013 y su posterior reforma por el Real Decreto-ley 1/2019, que otorga a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia la competencia de establecer la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista. Esta norma se apoya en la regulación del sector de hidrocarburos y en la necesidad de garantizar la continuidad y seguridad del suministro de gas natural. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Circular 2/2023 modifica la Circular 1/2020, estableciendo una nueva metodología para el cálculo de la retribución del gestor técnico del sistema gasista, con especial énfasis en la valoración de incentivos. El texto establece que dicha retribución podrá incluir incentivos para la reducción de costes del sistema gasista, según lo previsto en el artículo 7.1.i) de la Ley 3/2013 y en el artículo 59.7 de la Ley 18/2014. En concreto, la norma introduce tres disposiciones transitorias nuevas: - **Disposición transitoria tercera**: establece que para el año 2021, la diferencia entre la estimación del término de retribución por incentivos y el cálculo basado en los indicadores definidos en la Circular 6/2021 se incorporará en la retribución del año de gas 2024. - **Disposición transitoria cuarta**: para el año 2022, los incentivos se valorarán ponderando con 3/4 los indicadores del año de gas 2022 y con 1/4 los del año de gas 2023, y la diferencia entre la estimación y el cálculo se incorporará en la retribución del año de gas 2025. - **Disposición transitoria quinta**: para el año 2023, los incentivos se valorarán con los indicadores del año de gas 2023, aplicando una proporción de 9/12. Estas disposiciones transitorias son necesarias para garantizar la continuidad del cálculo de la retribución en el contexto de la transición entre las metodologías establecidas en la Circular 6/2021 y la nueva normativa. La norma también establece que la Circular entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que asegura una aplicación gradual y ordenada de los nuevos criterios. Además, la norma se basa en el artículo 64 de la Ley 34/1998, que define las funciones del gestor técnico del sistema gasista, incluyendo la garantía de la continuidad y seguridad del suministro de gas natural. Esta regulación refleja la necesidad de una gestión técnica eficiente y coordinada del sistema gasista, en cumplimiento de las normas europeas vigentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución 2/2023 actualiza la metodología de cálculo de la retribución del gestor técnico del sistema gasista, incorporando ajustes en la valoración de incentivos para los años 2021, 2022 y 2023. La norma establece disposiciones transitorias para garantizar una transición ordenada y asegura la entrada en vigor de la nueva metodología. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la metodología de retribución**: Se actualiza la forma de calcular la retribución del gestor técnico del sistema gasista. ⚠️ **Incorporación de incentivos**: La retribución puede incluir incentivos para la reducción de costes del sistema gasista. 📋 **Disposiciones transitorias**: Se establecen ajustes para los años 2021, 2022 y 2023, con diferentes ponderaciones de indicadores. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Circular 2/2023 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 28 de febrero de 2023 - **Materias**: Regulación del sector gasista, retribución del gestor técnico, incentivos, metodología de cálculo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: retribución, gestor técnico, sistema gasista, incentivos, Circular 1/2020, Circular 6/2021, Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta modificación, la Circular 1/2020 ya establecía la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista, basándose en las funciones que le atribuía la Ley del Sector de Hidrocarburos y adaptándose a las directivas europeas sobre el mercado interior del gas. Esta normativa estatal, aprobada por la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC), se alinea con el marco comunitario y diferencia la retribución en función de los servicios prestados, pudiendo incluir incentivos. La modificación actual, también de la CNMC, busca optimizar esta retribución, lo que importa al ciudadano al influir en la eficiencia y el coste del suministro de gas natural, afectando indirectamente a las tarifas que paga. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────