Circular 1/2023, de 7 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 4/2019, de 27 de noviembre, por la que se establece la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Circular 1/2023, de 7 de febrero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la C ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Circular 1/2023 modifica la Circular 4/2019 para actualizar la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico, incluyendo ajustes a los incentivos y límites durante el periodo regulatorio 2023-2025. 2. **CONTEXTO** La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) tiene la función de establecer la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico según la Ley 3/2013. La Circular 4/2019 introdujo incentivos al operador del sistema, lo cual fue revisado en la Circular 1/2023 para optimizar recursos y adaptarse a la transición energética. Esta modificación busca garantizar que los incentivos cumplan su propósito y se ajusten a los objetivos regulatorios y de sostenibilidad. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Circular 1/2023, emitida por la CNMC, modifica la Circular 4/2019 para actualizar la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico. La norma se basa en el artículo 7.1.i) de la Ley 3/2013, que otorga a la CNMC la competencia para establecer dicha metodología, incluyendo la posibilidad de incorporar incentivos positivos o negativos. La Circular 4/2019 introdujo, por primera vez, incentivos al operador del sistema, lo cual fue revisado en la Circular 1/2023 para optimizar recursos y adaptarse a la transición energética. En la Circular 1/2023 se establecen nuevos límites para los incentivos durante el periodo regulatorio 2023-2025. El límite superior del término de retribución por incentivos (LS) se fija en un 2%, mientras que el límite superior de cada uno de los incentivos LSrrtt, LSdem, LSren, LStna, LStmr y LSof se establece como LS/6. Por su parte, el límite inferior (LI) del término de retribución por incentivos se fija en -(5/6)*2%, y el límite inferior de cada uno de los incentivos LIrrtt, LIdem, LIren, LItna y LItmr se establece como LI/5. Estos límites se aplican durante el periodo regulatorio 2023-2025. Además, se establece que, para cálculos que requieran un periodo de varios años, no se tendrá en consideración el año 2020, sino el año previo. En el caso del incentivo por competitividad en los servicios auxiliares, se basa en el servicio de reserva de sustitución, y el histórico de datos utilizado para determinar los umbrales será el correspondiente a los últimos dos años. Para el cálculo tanto de los umbrales como del volumen de oferta, no se contabilizarán los volúmenes correspondientes a instalaciones de tecnología de generación térmica convencional (nuclear, carbón o ciclo combinado) e hidráulica integrada en una unidad de gestión hidráulica (UGH), incluyendo el bombeo, a menos que hayan sido objeto de hibridación con otras tecnologías renovables o almacenamiento. Los parámetros Ki del incentivo TMR se fijan en 1/8 para el periodo regulatorio 2023-2025. Finalmente, la Circular entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Circular 1/2023 actualiza los incentivos y límites de retribución del operador del sistema eléctrico durante el periodo 2023-2025. Se busca optimizar recursos y adaptarse a la transición energética. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de incentivos**: Se actualizan los incentivos y sus límites durante el periodo regulatorio 2023-2025. ⚠️ **Límites específicos**: Se establecen nuevos límites superiores e inferiores para cada tipo de incentivo. 📋 **Adaptación a la transición energética**: La norma busca optimizar recursos y alinear la metodología con objetivos de sostenibilidad. ℹ️ **Entrada en vigor**: La Circular entra en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Circular 1/2023 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 7 de febrero de 2023 - **Materias**: Energía, electricidad, retribución, incentivos, operador del sistema eléctrico - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Circular 1/2023 de la CNMC modifica la metodología de retribución del operador del sistema eléctrico, introducida por primera vez en la Circular 4/2019. Esta última normativa, aprobada por la CNMC en cumplimiento de las Directivas europeas sobre el mercado interior de la electricidad y el gas, estableció incentivos para optimizar la operación del sistema y alinearla con objetivos de transición energética. La modificación actual refina estos incentivos, vinculándolos a la minimización de restricciones técnicas, la mejora de previsiones de demanda y renovables, y el fomento de la competencia en servicios auxiliares, además de ajustar el tratamiento de la cuenta regulatoria. Esta evolución es relevante para el ciudadano al buscar una operación más eficiente y económica del sistema eléctrico, impactando potencialmente en los costes del suministro. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────