ResoluciónNacionalvigente

Modificación del artículo 5 de los Estatutos de la Sociedad Europea para la financiación de material ferroviario (EUROFIMA), adoptada el 31 de octubre de 2023. Texto consolidado de los Estatutos de EUROFIMA.

BOE-A-2024-3735Publicada: 27/02/2024MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Modificación del artículo 5 de los Estatutos de la Sociedad Europea para la fina ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Junta General extraordinaria de accionistas de EUROFIMA modificó el artículo 5 de sus Estatutos, entrando en vigor el 31 de octubre de 2023, con efectos para España. **2. CONTEXTO** La modificación fue aprobada en una Junta General extraordinaria celebrada por videoconferencia el 31 de octubre de 2023. El texto consolidado de los Estatutos incluye todas las modificaciones aprobadas hasta esa fecha. La entrada en vigor de la modificación se estableció de conformidad con el Convenio relativo a la Constitución de EUROFIMA, firmado en Berna el 20 de octubre de 1955. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La modificación del artículo 5 de los Estatutos de EUROFIMA se refiere al régimen de distribución de excedentes y reservas. El artículo 5 establece que el excedente se destinará a la formación de una reserva especial de garantía, salvo decisión en contrario de la Junta General. Los repartos extraordinarios podrán realizarse a favor exclusivo de las acciones de clase A dentro de los límites del remanente del importe prioritario. El texto original del artículo 5 establecía que el excedente se destinaba a la formación de una reserva especial de garantía, salvo decisión en contrario de la Junta General. Los repartos extraordinarios se realizaban con cargo a la reserva especial de garantía o, en su defecto, a los fondos de la reserva ordinaria, siempre que se respetara el párrafo primero. La modificación introducida en el artículo 5 se centra en la exclusividad del derecho a los repartos extraordinarios en favor de las acciones de clase A. Esto se refleja en el texto actual del artículo 5, que establece que los repartos extraordinarios podrán realizarse a favor únicamente de las acciones de clase A dentro de los límites del remanente del importe prioritario. Además, el artículo 5 establece que el excedente se dedicará a la formación de una reserva especial de garantía, salvo decisión en contrario de la Junta General. Esta disposición se mantiene en la versión modificada, lo que indica que la reserva especial de garantía sigue siendo un elemento clave en la distribución de excedentes. La modificación no altera el régimen de liquidación ni las disposiciones diversas, que se mantienen en el artículo 30 y 31. En el artículo 30, se establece que la liquidación se efectuará por liquidadores designados por la Junta General, y que solo podrá realizarse si se respetan todos los compromisos de la Sociedad. En el artículo 31, se detallan las comunicaciones a los accionistas y los anuncios oficiales, que se realizan por medio de la Feuille officielle suisse du commerce. La modificación del artículo 5 se notifica al Gobierno del Estado de la sede, según lo dispuesto en el artículo 32 de los Estatutos. Esta notificación es un requisito legal para la entrada en vigor de las modificaciones estatutarias. La modificación del artículo 5 se produce en el marco del Convenio relativo a la Constitución de EUROFIMA, firmado en Berna el 20 de octubre de 1955. Este Convenio establece las bases jurídicas para la constitución y funcionamiento de la Sociedad. En particular, el artículo 2, letra d), establece que las modificaciones de los Estatutos entrarán en vigor a partir de la fecha de su aprobación, con carácter general y para España. En resumen, la modificación del artículo 5 de los Estatutos de EUROFIMA introduce una nueva disposición que establece la exclusividad del derecho a los repartos extraordinarios en favor de las acciones de clase A, dentro de los límites del remanente del importe prioritario. Esta modificación se produce en el marco del Convenio relativo a la Constitución de EUROFIMA, y entra en vigor el 31 de octubre de 2023, con efectos para España. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La modificación del artículo 5 de los Estatutos de EUROFIMA establece la exclusividad del derecho a los repartos extraordinarios en favor de las acciones de clase A. Esta modificación entra en vigor el 31 de octubre de 2023, con efectos para España, según el Convenio relativo a la Constitución de EUROFIMA. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación del artículo 5**: Se establece la exclusividad del derecho a los repartos extraordinarios en favor de las acciones de clase A. ⚠️ **Efectos para España**: La modificación entra en vigor el 31 de octubre de 2023, con efectos para España. 📋 **Convenio de Constitución**: La entrada en vigor se regula según el Convenio relativo a la Constitución de EUROFIMA. ℹ️ **Notificación al Gobierno**: La modificación se notifica al Gobierno del Estado de la sede, según el artículo 32 de los Estatutos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Europea (EUROFIMA es una sociedad europea) - **Fuente**: Resolución de la Junta General extraordinaria de accionistas de EUROFIMA - **Tipo**: Modificación estatutaria - **Fecha**: 31 de octubre de 2023 - **Materias**: Derecho societario, derecho de sociedades, derecho europeo - **Relevancia**: ALTA - **Texto consolidado**: Incluye todas las modificaciones aprobadas hasta el 31 de octubre de 2023 - **Publicación**: Madrid, 21 de febrero de 2024, por la Secretaria General Técnica, Rosa Velázquez Álvarez. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La modificación del artículo 5 de los Estatutos de EUROFIMA, adoptada el 31 de octubre de 2023, actualiza las normas internas de esta sociedad europea para la financiación de material ferroviario. Antes de esta modificación, regían los estatutos consolidados hasta esa fecha, los cuales han sido objeto de numerosas aprobaciones a lo largo del tiempo desde su constitución en 1956. EUROFIMA, como entidad supranacional creada por un convenio internacional, opera bajo un marco distinto al de las normativas nacionales de las Comunidades Autónomas o la legislación estatal española, aunque su funcionamiento se ve influenciado por la ley del Estado sede, Suiza, y de los países accionistas. La aprobación de estas modificaciones recae en la Junta General de accionistas, que representa a los Estados miembros y otras entidades ferroviarias. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque EUROFIMA facilita la modernización y expansión del transporte ferroviario, impactando indirectamente en la calidad y disponibilidad de los servicios de transporte público y de mercancías, así como en la competitividad del sector. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →