ResoluciónNacionalvigente

Acuerdo de Entendimiento entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Reino de España y el Servicio Estatal de Comercio y Transporte Marítimo y Fluvial de Ucrania en materia de reconocimiento de títulos de competencia de la gente del mar conforme a lo dispuesto en el Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar, de 1978, en su forma enmendada, hecho en Madrid y Kiev el 3 de noviembre de 2023 y 24 de enero de 2024.

BOE-A-2024-3212Publicada: 20/02/2024MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Acuerdo de Entendimiento entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Acuerdo de Entendimiento entre España y Ucrania establece un mecanismo de reconocimiento mutuo de títulos de competencia de la gente del mar, conforme al Convenio STCW de 1978, con enmiendas. 2. **CONTEXTO** Este acuerdo fue firmado en Madrid y Kiev el 3 de noviembre de 2023 y el 24 de enero de 2024, respectivamente. Se basa en la circular MSC.1/Circ.1450 del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional y busca hacer efectivo el Convenio STCW. El objetivo es facilitar el reconocimiento de títulos de formación y competencia en el ámbito marítimo entre ambos países. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Acuerdo de Entendimiento entre el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana del Reino de España y el Servicio Estatal de Comercio y Transporte Marítimo y Fluvial de Ucrania establece un marco jurídico para el reconocimiento mutuo de títulos de competencia de la gente del mar, conforme al Convenio Internacional sobre normas de formación, titulación y guardia para la gente del mar de 1978, en su forma enmendada (Convenio STCW). El acuerdo se basa en la circular MSC.1/Circ.1450 del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional, que establece los requisitos para el reconocimiento de títulos de formación marítima. El acuerdo se aplica específicamente a la Regla I/10 del capítulo I del Convenio STCW, que establece que los títulos de formación y competencia emitidos por un Estado pueden ser reconocidos por otro Estado si cumplen con los requisitos del Convenio. Para ello, las Partes acuerdan reconocer mutuamente los títulos emitidos por la otra Parte, siempre que estos estén en conformidad con las normas del Convenio STCW. El acuerdo establece que las Partes se comprometen a facilitar el reconocimiento de los títulos de formación y competencia emitidos por la otra Parte, siempre que estos cumplan con los requisitos del Convenio STCW. Además, se establecen mecanismos de cooperación técnica y de intercambio de información para garantizar la aplicación efectiva del acuerdo. El acuerdo también establece que las Partes se comprometen a mantener la vigencia del acuerdo mientras cumplan con sus obligaciones. En caso de que una Parte deje de cumplir con sus obligaciones, o si el Estado expedidor de títulos deje de figurar en la lista del Comité de Seguridad Marítima de la Organización Marítima Internacional, la otra Parte podrá suspender o denunciar el acuerdo con un aviso previo de 30 días. El acuerdo se firma en tres idiomas: español, ucraniano e inglés, siendo todos igualmente auténticos. En caso de discrepancias en la interpretación, prevalecerá el texto en inglés. El acuerdo entra en vigor el 24 de enero de 2024, fecha de la última firma. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El acuerdo establece un mecanismo de reconocimiento mutuo de títulos marítimos entre España y Ucrania, basado en el Convenio STCW. Facilita la cooperación técnica y el intercambio de información. Se aplica a la Regla I/10 del Convenio STCW. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Reconocimiento mutuo de títulos marítimos**: España y Ucrania acuerdan reconocer los títulos de formación y competencia emitidos por la otra Parte, siempre que cumplan con el Convenio STCW. ⚠️ **Cumplimiento de obligaciones**: Las Partes se comprometen a cumplir con sus obligaciones bajo el Convenio STCW y el acuerdo. En caso de incumplimiento, el acuerdo puede ser suspendido o denunciado. 📋 **Mecanismos de cooperación**: Se establecen mecanismos de intercambio de información y cooperación técnica para garantizar la aplicación efectiva del acuerdo. ℹ️ **Vigencia y entrada en vigor**: El acuerdo entra en vigor el 24 de enero de 2024, fecha de la última firma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (España y Ucrania) - **Fuente**: Acuerdo de Entendimiento firmado entre España y Ucrania - **Tipo**: Acuerdo bilateral - **Fecha**: 24 de enero de 2024 (fecha de entrada en vigor) - **Materias**: Derecho marítimo, formación profesional, cooperación internacional, Convenio STCW - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Convenio STCW, reconocimiento mutuo, títulos marítimos, cooperación internacional, formación marítima ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este acuerdo de entendimiento entre España y Ucrania, aprobado por el Ministerio de Transportes español y el Servicio Estatal ucraniano, se basa en el Convenio Internacional STCW de 1978, que establece normas globales para la formación y titulación de la gente del mar. Antes de este acuerdo, el reconocimiento de títulos entre ambos países podía depender de procedimientos bilaterales o de la aplicación individual de la regla I/10 del STCW, sin un marco específico de cooperación. A diferencia de otras Comunidades Autónomas, que no tienen competencia directa en acuerdos internacionales de este tipo, este pacto es de ámbito nacional y se alinea con la normativa de la Organización Marítima Internacional. La importancia para el ciudadano radica en la simplificación y agilización del reconocimiento de las cualificaciones de los marinos, facilitando su empleabilidad y movilidad internacional, y garantizando al mismo tiempo los estándares de seguridad marítima. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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