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Circular 1/2025, de 28 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 3/2020, de 15 de enero, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad.

BOE-A-2025-2044Publicada: 05/02/2025COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Circular 1/2025, de 28 de enero, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Co ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Circular 1/2025 modifica la Circular 3/2020 para actualizar la metodología de cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad, incluyendo cambios en la definición y fórmulas de los componentes DT y DD, así como en la laminación de desvíos positivos. **2. CONTEXTO** La Circular 3/2020 estableció la metodología para el cálculo de los peajes de acceso a las redes eléctricas. Esta norma fue modificada por la Orden TED/490/2022, que ejecutó una sentencia del Tribunal Supremo sobre la lesividad para el interés público de una orden anterior. La Circular 1/2025 introduce ajustes en la metodología, con entrada en vigor en diferentes fechas según los cambios realizados. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Circular 1/2025, publicada el 28 de enero de 2025, modifica la Circular 3/2020, de 15 de enero de 2020, para actualizar la metodología de cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. Estas modificaciones se realizan en el marco de la Ley 3/2013, de 4 de junio, que otorgó a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) la competencia de establecer dicha metodología, previo trámite de audiencia y siguiendo criterios de eficiencia económica, transparencia, objetividad y no discriminación. En el anexo I, relativo a la Metodología de asignación de la retribución de la actividad de transporte y de distribución, se realizan los siguientes cambios: a) **Definición del componente DT**: Se sustituye la definición original por la siguiente: «DT: Desvíos en retribución e ingresos de ejercicios anteriores imputables a la actividad de transporte.» b) **Fórmula de cálculo del componente DT**: Se modifica la fórmula original por: «DT = DRT ± DICT + DTSO ± LT» c) **Nuevo párrafo al final del punto 1.a)**: Se incorpora la definición de «LT»: «LT: Laminación de desvíos positivos de ejercicios anteriores imputables a la actividad de transporte en el año n.» d) **Definición del componente DD**: Se sustituye la definición original por: «DD: Desvíos en retribución e ingresos de ejercicios anteriores imputables a la actividad de distribución.» e) **Fórmula de cálculo del componente DD**: Se modifica la fórmula original por: «DD = DRD ± DICD ± LD» f) **Nuevo párrafo al final del punto 1.b)**: Se incorpora la definición de «LD»: «LD: Laminación de desvíos positivos de ejercicios anteriores imputables a la actividad de distribución en el año n.» La disposición final única establece que la Circular entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado», salvo las modificaciones introducidas en los apartados tres y siete, que serán de aplicación a partir del 1 de abril de 2025. Estas modificaciones buscan garantizar la sostenibilidad económica y financiera del sistema eléctrico, conforme a la Ley 24/2013, de 26 de diciembre, del Sector Eléctrico, y a las Directivas europeas sobre el mercado interior de la electricidad y del gas natural. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Circular 1/2025 actualiza la metodología de cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. Los cambios afectan a los componentes DT y DD, incluyendo nuevas definiciones y fórmulas. La entrada en vigor de las modificaciones se establece en diferentes fechas según los cambios realizados. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones en la metodología**: Se actualizan las definiciones y fórmulas de los componentes DT y DD. ⚠️ **Fecha de entrada en vigor**: La mayoría de los cambios entran en vigor el día siguiente a la publicación, salvo los de los apartados tres y siete, que se aplican a partir del 1 de abril de 2025. 📋 **Trámite de audiencia**: La CNMC sigue el procedimiento de audiencia previo a la aprobación de la metodología. ℹ️ **Objetivo**: Garantizar la sostenibilidad económica y financiera del sistema eléctrico. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Circular 1/2025 - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 28 de enero de 2025 - **Materias**: Electricidad, peajes, transporte, distribución, CNMC - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Circular 1/2025 de la CNMC modifica la metodología previa establecida en la Circular 3/2020 para el cálculo de los peajes de transporte y distribución de electricidad. Esta normativa estatal, aprobada por la CNMC, emana de la necesidad de adecuar la legislación española a las Directivas europeas 2009/72/CE y 2009/73/CE, que buscan un mercado interior de la energía. Anteriormente, la fijación de retribuciones y metodologías se realizaba a través de órdenes ministeriales, como la Orden IET/980/2016, cuya lesividad fue declarada por el Tribunal Supremo, dando lugar a posteriores órdenes de modificación. La diferencia principal radica en que la CNMC, como organismo independiente, ahora establece estos criterios de forma más técnica y transparente, lo que importa al ciudadano porque impacta directamente en el coste de la factura eléctrica, buscando un equilibrio entre la sostenibilidad del sistema y la protección del consumidor. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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