Circular 3/2025, de 16 de mayo, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se modifica la Circular 6/2021, de 30 de junio, por la que se establecen los incentivos del gestor técnico del sistema gasista y la afección a su retribución.
¿Qué dice esta ley?
Los gestores técnicos del sistema gasista (las empresas que operan la infraestructura de gas en España) recibirán ajustes en cómo se calculan sus incentivos económicos. Básicamente, la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia modifica las reglas sobre qué bonificaciones o penalizaciones reciben por su desempeño. Esto afecta principalmente a las empresas gestoras de infraestructuras de gas natural. Indirectamente, también importa a los consumidores y empresas que pagan las facturas de gas, ya que estas retribuciones influyen en los costes del servicio. Los cambios concretos ajustan cómo se mide el cumplimiento de objetivos (eficiencia, seguridad, mantenimiento) y cómo se refleja en sus ingresos. Algunos incentivos pueden aumentar o reducirse según nuevos criterios de evaluación. El objetivo es alinear mejor el desempeño de estas empresas con los intereses del sistema energético. Entra en vigor el 16 de mayo de 2025. Las empresas gestoras deberán aplicar estos nuevos criterios en sus próximos cálculos de retribución e informar a la Comisión conforme a lo establecido.
💬 Contexto ciudadano
La Circular 3/2025 de la CNMC modifica la normativa previa, la Circular 6/2021, que a su vez desarrollaba la metodología de incentivos para el gestor técnico del sistema gasista, establecida inicialmente por la Circular 1/2020. Esta facultad de la CNMC para fijar la retribución del gestor técnico, incluyendo incentivos, emana de la Ley 3/2013 y se ha adaptado a directivas europeas como la 2009/73/CE, alineándose con el marco normativo estatal y comunitario. A diferencia de otras CCAA que podrían tener enfoques distintos en la gestión de infraestructuras energéticas, la normativa estatal y la UE marcan la pauta. La aprobación recae en la CNMC, sin que otras entidades hayan aprobado esta regulación específica. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que la eficiencia y el coste de la operación del sistema gasista, influenciados por estos incentivos, repercuten directamente en las tarifas energéticas que paga. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────