Ley OrdinariaNacionalvigente

Instrucción de 23 de julio de 2025, de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, sobre la realización del traslado de inscripciones realizadas de conformidad con la Ley de 8 de junio de 1957, del Registro Civil, a registros individuales.

BOE-A-2025-15712Publicada: 29/07/2025Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** Se trata de una instrucción que ordena trasladar inscripciones antiguas del Registro Civil (documentos que acreditan nacimientos, matrimonios y defunciones) desde registros colectivos antiguos a registros individuales modernos. Básicamente, digitalizan y reorganizan datos que estaban en libros antiguos. **A quién afecta** Afecta principalmente a las personas cuyos datos están en esos registros antiguos (nacidos, casados o fallecidos bajo la ley de 1957), a los oficiales del Registro Civil que realizarán el traslado, y a cualquier ciudadano que necesite certificados de estas inscripciones. También impacta a administraciones públicas que dependen de estos datos. **Qué cambia** La reorganización permite que tus datos personales del Registro Civil sean más accesibles y seguros. Los certificados serán más fáciles de obtener porque los registradores trabajarán con archivos ordenados, no con libros antiguos. Reduce errores y acelera los trámites administrativos que requieren certificados de nacimiento, matrimonio o defunción. **Cuándo entra en vigor** La instrucción se dicta el 23 de julio de 2025, y los registradores civiles deben iniciar el proceso de traslado a partir de esa fecha. El calendario específico dependerá de la carga de trabajo de

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 20/2011, el Registro Civil español se basaba en libros físicos y manuales, un modelo que difería significativamente de los sistemas electrónicos y centralizados de otros países europeos y de las directivas de la UE que impulsan la digitalización. La normativa estatal anterior, la Ley de 8 de junio de 1957, establecía este sistema tradicional. La Ley 20/2011, aprobada por el Estado, busca unificar y modernizar el registro a nivel nacional, creando un sistema electrónico único. La presente instrucción, emitida por la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, es crucial porque detalla el complejo proceso de migración de los antiguos asientos a los nuevos registros individuales electrónicos, garantizando la seguridad jurídica y la integridad de los datos. Esta diferencia importa al ciudadano porque asegura que sus datos registrales, una vez trasladados, mantengan su validez y accesibilidad en el nuevo sistema digital, facilitando trámites futuros y el acceso a su información personal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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