Ley OrdinariaNacionalvigente

Instrucción de 20 de marzo de 2002, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, en materia de recepción y despacho de solicitudes de certificaciones en los Registros civiles por vía telemática.

BOE-A-2002-6699Publicada: 09/04/2002Ministerio de Justicia

¿Qué dice esta ley?

**Solicita certificados del Registro Civil por internet** Esta instrucción permite que puedas pedir certificados de nacimiento, matrimonio o defunción a través de internet, usando el correo electrónico. Hasta ahora, tenías que ir en persona o enviar una carta para solicitar estos documentos importantes. Lo que cambia es que ahora podrás enviar tu solicitud de forma telemática, es decir, desde tu ordenador o móvil. Esto agiliza el proceso y te ahorra tiempo y desplazamientos innecesarios a las oficinas del Registro Civil. La instrucción entró en vigor el 9 de abril de 2002, lo que significa que esta posibilidad de solicitar certificados por vía electrónica está disponible desde esa fecha, facilitando la gestión de trámites para todos los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta instrucción, la solicitud de certificaciones del Registro Civil se realizaba principalmente de forma presencial o por correo postal. La Ley Orgánica 7/1992 ya impulsaba la informatización de los registros, y normativas posteriores desarrollaron la expedición de certificados por medios electrónicos. Esta instrucción de 2002 unifica y formaliza la recepción de solicitudes telemáticas vía correo electrónico, un avance significativo en la modernización de la administración pública española. Si bien otras comunidades autónomas o países de la UE podrían estar explorando o implementando soluciones similares, esta instrucción sentó las bases para la digitalización de estos trámites a nivel nacional en España, buscando mayor eficiencia y accesibilidad para el ciudadano. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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