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Ley OrdinariaNacionalvigente

Circular de 24 de septiembre de 1987, de la Dirección General de los Registros y del Notariado, sobre la exención de legalización y, en su caso, de traducción por aplicación de los Convenios números 16 y 17 de la Comisión Internacional del Estado Civil (CIEC).

BOE-A-1987-22424Publicada: 02/10/1987Ministerio de Justicia

¿Qué dice esta ley?

**Simplificación de trámites para documentos del Registro Civil en Europa** Esta circular aclara qué documentos relacionados con tu estado civil, nacionalidad o residencia, expedidos en ciertos países europeos, ya no necesitan ser legalizados ni traducidos al presentarlos en España. Esto se debe a convenios internacionales que buscan facilitar la circulación de estos documentos entre los países firmantes. Concretamente, las certificaciones plurilingües del Registro Civil de países como Alemania, Austria, Francia o Italia, y otros documentos como los relativos al estado civil o matrimonio de Austria, Francia o Italia, se benefician de esta exención. Esto significa que si necesitas presentar un documento de estos países en España, el proceso será más rápido y sencillo. La circular, aunque emitida en 1987, sigue siendo relevante para la aplicación de estos convenios. Su objetivo es que las autoridades españolas reconozcan la validez de estos documentos sin necesidad de trámites adicionales, agilizando así gestiones importantes para los ciudadanos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta circular, la legalización y traducción de documentos del Registro Civil entre países era un proceso complejo y costoso. La Circular de 1987, basada en convenios de la Comisión Internacional del Estado Civil (CIEC), buscó simplificar esto para los países adheridos. A diferencia de otras normativas que pueden ser específicas de una Comunidad Autónoma o de regulaciones de la Unión Europea más recientes, esta circular se centra en la aplicación de convenios bilaterales y multilaterales específicos. España, al ratificar estos convenios, se comprometió a facilitar el reconocimiento de estos documentos. Su importancia radica en agilizar trámites para ciudadanos que se mueven entre España y los países firmantes, eliminando barreras burocráticas innecesarias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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