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Ley OrdinariaNacionalvigente

Decreto de 14 de noviembre de 1958 por el que se aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil.

BOE-A-1958-18486Publicada: 11/12/1958Ministerio de Justicia

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Este Decreto de 1958 aprueba el Reglamento de la Ley del Registro Civil, sucediendo a un reglamento anterior de 1911 que se consideraba insuficiente y desactualizado, especialmente tras la reforma del Código Civil en materia de matrimonio y adopción. A diferencia de normativas posteriores que buscan mayor flexibilidad y acceso ciudadano, como la posibilidad de inscribir en el registro del domicilio, este reglamento, de ámbito estatal, sentó las bases de un sistema que, aunque modernizado para su época, carecía de la descentralización y la agilidad que hoy se espera. La principal diferencia para el ciudadano radica en la accesibilidad y la uniformidad de los trámites, buscando simplificar y unificar criterios a nivel nacional, lo que era crucial para garantizar la seguridad jurídica y la certeza del estado civil de las personas en un contexto de creciente movilidad y complejidad social. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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