Saltar al contenido principal
Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 30/1981, de 7 de julio, por la que se modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil y se determina el procedimiento a seguir en las causas de nulidad, separación y divorcio.

BOE-A-1981-16216Publicada: 20/07/1981Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Ley 30/1981, de 7 de julio, por la que se modifica la regulación del matrimonio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 30/1981 modifica la regulación del matrimonio en el Código Civil, estableciendo procedimientos para nulidad, separación y divorcio, y reconociendo derechos a los cónyuges y descendientes en casos de fallecimiento o separación. **2. CONTEXTO** La norma fue aprobada por las Cortes Generales y sancionada por el Rey Juan Carlos I en 1981, con el objetivo de actualizar la regulación del matrimonio. Se aborda la formalización de requisitos, prohibiciones y procedimientos legales, así como la protección de derechos de los cónyuges y sus descendientes. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 30/1981 introduce modificaciones significativas al Título IV del Libro Primero del Código Civil, relacionado con el matrimonio. En primer lugar, se establece que la promesa de matrimonio no genera obligaciones de contraerlo ni cumplir estipulaciones en caso de no celebración (Art. 42). Además, se especifica que el incumplimiento de una promesa cierta de matrimonio por parte de una persona mayor de edad o emancipada solo implica la obligación de resarcir gastos y obligaciones relacionadas con el matrimonio prometido, con caducidad de la acción al año de la negativa (Art. 43). En cuanto a los requisitos del matrimonio, se establece que el derecho a contraer matrimonio depende del consentimiento matrimonial, que no puede estar condicionado, terminado o modificado (Art. 45). Se prohíbe el matrimonio entre menores no emancipados o personas vinculadas por vínculo matrimonial (Art. 46). También se limita el matrimonio entre parientes en línea recta (consanguinidad o adopción), colaterales hasta el tercer grado, y condenados por crímenes dolosos contra el cónyuge (Art. 47). El Ministerio de Justicia puede dispensar el impedimento de muerte dolosa del cónyuge anterior (Art. 48). La norma incluye disposiciones adicionales que amplían derechos a los cónyuges y descendientes. Por ejemplo, los cónyuges y descendientes beneficiarios por matrimonio o filiación tienen derecho a beneficios y pensiones incluso tras la separación judicial o divorcio (Disposición Adicional Primera). Quienes vivieron como cónyuges sin poder contraer matrimonio bajo la legislación vigente antes de la entrada en vigor de la ley, y uno de ellos falleció antes, tienen derecho a beneficios y pensiones (Disposición Adicional Segunda). Además, los cónyuges legítimos, independientemente de causas de separación o divorcio, tienen derecho a la pensión de viudedad en proporción al tiempo vivido con el fallecido (Disposición Adicional Tercera). Los que se encuentran en situación de separación tienen derechos pasivos similares a los que tendrían si el matrimonio estuviera disuelto (Disposición Adicional Cuarta). Finalmente, los derechos mencionados se extinguirán en casos específicos del Art. 101 del Código Civil (Disposición Adicional Quinta). **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 30/1981 actualiza la regulación del matrimonio, establece procedimientos legales y reconoce derechos a cónyuges y descendientes. Establece límites a la celebración del matrimonio y garantiza protección a los derechos de los afectados en casos de fallecimiento o separación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de requisitos del matrimonio**: Se establecen prohibiciones y condiciones para la celebración del matrimonio, incluyendo la necesidad de consentimiento y limitaciones a la consanguinidad. ⚠️ **Procedimientos legales**: Se detallan los pasos para nulidad, separación y divorcio, con enfoque en la formalización de causas y efectos. 📋 **Derechos de cónyuges y descendientes**: Se amplían derechos a beneficios, pensiones y protección en casos de fallecimiento o separación. ℹ️ **Dispensas y excepciones**: El Ministerio de Justicia puede dispensar impedimentos en casos específicos, como la muerte dolosa del cónyuge. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Ley 30/1981 - **Tipo**: Ley Ordinaria Nacional - **Fecha**: 7 de julio de 1981 - **Materias**: Matrimonio, derecho familiar, nulidad, separación, divorcio - **Relevancia**: ALTA (modifica normas fundamentales del derecho civil y familia) **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 30/1981, el régimen matrimonial en España estaba regulado por el Código Civil de 1881, que no contemplaba de forma explícita los procedimientos de nulidad, separación o divorcio, limitándose a normas generales. Esta norma fue modificada por la Ley 30/1981, que introdujo un marco más claro y moderno, alineándose con las prácticas de los Estados miembros de la Unión Europea, que ya habían establecido procedimientos más definidos para estos casos. La importancia de esta ley radica en que marcó un avance en la protección de los derechos de los cónyuges y sus descendientes, y en la formalización de los trámites legales, contribuyendo a una mayor coherencia con las normativas europeas.

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →