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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2618/1985, de 27 de diciembre, por el que se suprimen los Patronatos de Casas de Funcionarios Civiles.

BOE-A-1986-1215Publicada: 17/01/1986PRESIDENCIA DEL GOBIERNO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-07 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2618/1985, de 27 de diciembre, por el que se suprimen los Patronato ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2618/1985 suprime los Patronatos de Casas de Funcionarios Civiles, transferiendo sus derechos y obligaciones al Estado y garantizando la continuidad de promociones de viviendas en ejecución. **2. CONTEXTO** La Ley 50/1984, de 30 de diciembre, establece en su artículo 85 que el gobierno procederá a la supresión de organismos autónomos, entre ellos los Patronatos de Casas de Funcionarios Civiles. El artículo 89 de la misma ley detalla que la Administración del Estado asumirá los derechos y obligaciones de dichos patronatos, manteniendo la naturaleza y efectos de las relaciones jurídicas existentes. Para su implementación, el gobierno crea servicios de liquidación de bienes, derechos y obligaciones de los organismos suprimidos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2618/1985, de 27 de diciembre de 1985, se basa en la Ley 50/1984, que determina la supresión de los Patronatos de Casas de Funcionarios Civiles. Según el artículo 85 de la Ley 50/1984, el gobierno procederá a su eliminación durante el ejercicio de 1985. El artículo 89 de la misma ley establece que la Administración del Estado asumirá todos los derechos y obligaciones de los patronatos, garantizando la continuidad de las promociones de viviendas en ejecución, sin alterar la naturaleza de las relaciones jurídicas existentes. El Real Decreto detalla que los Patronatos de Casas de Funcionarios Civiles cuya supresión se ordena en el artículo 85 de la Ley 50/1984 incluyen: - Patronato de Casas para Funcionarios del Ministerio de Asuntos Exteriores. - Patronato de Casas de Funcionarios de la Administración de Justicia. - Patronato de Casas para Funcionarios del Ministerio de Economía y Hacienda. - Patronato de Casas del Parque Móvil Ministerial. - Patronato de Casas para Funcionarios del extinguido Ministerio de Comercio. - Patronato General de Casas para Funcionarios del Ministerio del Interior. El artículo único del Real Decreto establece que la personalidad jurídica de estos organismos se extingue desde la entrada en vigor del decreto. Además, se garantiza que los funcionarios y personal afectados mantengan su situación administrativa o laboral y perciban integramente sus retribuciones hasta que se adopten medidas de desarrollo. El artículo 4 del Real Decreto establece que el Ministerio de la Presidencia elaborará un inventario de los bienes de los patronatos suprimidos en un plazo de seis meses. El Ministerio de Economía y Hacienda, a petición del Ministerio de la Presidencia, asignará los bienes necesarios para la liquidación, recabando la entrega de los restantes para su incorporación al patrimonio del Estado. Las disposiciones finales del Real Decreto ordenan que el ministro de la Presidencia dicte normas de organización y funcionamiento de la Oficina Liquidadora Central y de las oficinas delegadas, que se consideren necesarias. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2618/1985 elimina los Patronatos de Casas de Funcionarios Civiles, transfiriendo sus derechos al Estado y garantizando la continuidad de promociones de viviendas. Se establecen medidas de liquidación y protección para el personal afectado. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Supresión de Patronatos**: Se eliminan los organismos autónomos mencionados en el artículo 85 de la Ley 50/1984. ⚠️ **Transferencia de derechos**: La Administración del Estado asume todos los derechos y obligaciones de los patronatos, garantizando la continuidad de promociones de vivienda. 📋 **Medidas de liquidación**: Se crea una Oficina Liquidadora Central y se asignan bienes a los ministerios para la gestión de la supresión. ℹ️ **Protección del personal**: Los funcionarios y personal afectados mantienen su situación administrativa y retribuciones hasta que se adopten medidas de desarrollo. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España. - **Fuente**: Ley 50/1984, de 30 de diciembre, y Real Decreto 2618/1985. - **Tipo**: Real Decreto. - **Fecha**: 27 de diciembre de 1985. - **Materias**: Administración pública, vivienda, organización de organismos autónomos. - **Relevancia**: ALTA. **Palabras clave**: Supresión de Patronatos, transferencia de derechos, liquidación de bienes, protección del personal, administración pública. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes del Real Decreto 2618/1985, los Patronatos de Casas de Funcionarios Civiles eran entidades autónomas con competencias en la promoción de viviendas para funcionarios, reguladas por normativas estatales y con participación regional (CCAA). La supresión de estos patronatos, ordenada por la Ley 50/1984, implicó su transferencia a la Administración del Estado, centralizando funciones que antes estaban descentralizadas. Esta medida reflejó una tendencia hacia la simplificación administrativa y la armonización con normas europeas, alineándose con principios de eficiencia y coordinación intergubernamental. La importancia radica en la redefinición del marco jurídico para la vivienda pública, reduciendo redundancias y asegurando la continuidad de proyectos en curso, mientras fortalece la autoridad estatal frente a estructuras regionales.

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