Saltar al contenido principal
Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 3/1993, de 16 de abril, de las Aparcerías y de los Arrendamientos Rústicos Históricos de Galicia.

BOE-A-1993-12174Publicada: 11/05/1993Comunidad Autónoma de Galicia

¿Qué dice esta ley?

**Protección de contratos agrarios antiguos en Galicia** Esta ley gallega protege y regula unos contratos agrarios muy antiguos llamados "aparcerías y arrendamientos rústicos históricos". Se trata de acuerdos de explotación de tierras que se firmaron antes de 1942 y que tienen características propias de Galicia, basadas en la costumbre y el trabajo personal del agricultor. Lo que cambia es que se les da un marco legal específico para asegurar su continuidad y se crea un registro oficial para inscribirlos. Esto significa que, aunque haya habido pequeños cambios en las condiciones desde su origen, si la esencia del contrato se mantiene, seguirán considerados "históricos" y protegidos por esta ley. La ley entró en vigor el 11 de mayo de 1993, fecha de su publicación en el Diario Oficial de Galicia. Su objetivo es preservar estas formas tradicionales de relación agraria que son parte del patrimonio jurídico gallego. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, los contratos agrarios antiguos en Galicia carecían de una regulación específica que reconociera su carácter histórico y sus particularidades. La Ley 3/1993 surge para amparar las "aparcerías y arrendamientos rústicos históricos", entendidos como aquellos pactados antes de 1942 y arraigados en la costumbre gallega. Galicia, al amparo de su derecho civil foral, ejerce aquí su competencia para conservar y desarrollar instituciones jurídicas propias. A diferencia de otras comunidades autónomas que no poseen un derecho civil histórico tan marcado, Galicia busca proteger estas figuras contractuales frente a la legislación agraria general, garantizando la continuidad de explotaciones tradicionales y el reconocimiento del trabajo del aparcero o arrendatario. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →