Orden de 12 de junio de 1995 por la que se dispone la creación de ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Gobierno Civil de Cádiz.
¿Qué dice esta ley?
**Creación de ficheros de datos personales en Cádiz** Esta orden ministerial, publicada en 1995, autoriza la creación de nuevos ficheros informáticos con datos personales por parte del Gobierno Civil de Cádiz. El objetivo es adaptar la gestión de esta información a la normativa vigente en aquel momento, garantizando la protección de los datos de los ciudadanos. Concretamente, se detallan y describen en un anexo los ficheros que se van a crear. Estos ficheros estarán sujetos a las leyes de protección de datos y se tomarán medidas para asegurar su confidencialidad, seguridad e integridad. Además, se contemplan posibles cesiones de datos a organismos estadísticos para fines concretos. La orden entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, lo que significa que los nuevos ficheros comenzaron a operar poco después del 1 de julio de 1995, una vez cumplidos los trámites administrativos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta Orden Ministerial de 1995 responde a la necesidad de regular los ficheros de datos personales gestionados por las administraciones públicas, en cumplimiento de la Ley Orgánica 5/1992 (LORTAD). Antes de esta normativa, la gestión de datos era menos estandarizada. La orden se enfoca en el Gobierno Civil de Cádiz, creando ficheros específicos para su operativa. A diferencia de normativas posteriores más generales y de ámbito europeo (como el RGPD), esta disposición es específica y de aplicación nacional, adaptando un marco legal anterior. Su importancia radica en ser un paso temprano hacia la formalización y protección de la información personal en el sector público español. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────