Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 897/1995, de 2 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Generalidad de Cataluña en materia de ejecución de la legislación sobre propiedad intelectual.

BOE-A-1995-15890Publicada: 30/06/1995MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

**Cataluña asume la gestión de la propiedad intelectual** Este Real Decreto significa que la Generalidad de Cataluña se encarga ahora de ejecutar las leyes relacionadas con la propiedad intelectual en su territorio. Esto incluye la gestión de derechos de autor y otros aspectos similares, que antes dependían directamente del Estado. Lo que cambia es que los ciudadanos y empresas catalanas que necesiten realizar trámites o tengan consultas sobre propiedad intelectual deberán dirigirse a las autoridades de la Generalidad de Cataluña en lugar de a organismos estatales. Se transfieren las funciones, los servicios y los recursos necesarios para llevar a cabo esta gestión. La efectividad de este traspaso se marca a partir de la fecha acordada por la Comisión Mixta de Transferencias, que se detalla en el propio acuerdo anexo al Real Decreto. A partir de ese momento, la Generalidad tendrá plenas competencias en esta materia. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Hasta ahora, la legislación sobre propiedad intelectual es competencia exclusiva del Estado español, según la Constitución. Sin embargo, el Estatuto de Autonomía de Cataluña ya contemplaba la posibilidad de que la Generalidad ejerciera funciones de ejecución en esta materia. Este Real Decreto formaliza y amplía dicho traspaso, que ya se había iniciado parcialmente con transferencias generales de cultura. A diferencia de otras comunidades autónomas que podrían tener acuerdos similares o estar en proceso de negociación, Cataluña consolida aquí una competencia específica. La importancia radica en acercar la gestión administrativa a los ciudadanos y empresas catalanas, agilizando trámites y adaptando la ejecución a las particularidades del territorio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →