Resolución de 10 de enero de 2025, de la Dirección de Tráfico, del Departamento de Seguridad, por la que se establecen medidas especiales de regulación de tráfico durante el año 2025 en la Comunidad Autónoma del País Vasco.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una resolución de la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco que fija las restricciones especiales de circulación que estarán en vigor durante todo el año 2025 en la Comunidad Autónoma del País Vasco. Su objetivo es proteger la seguridad vial y garantizar la fluidez del tráfico en los períodos de mayor afluencia de vehículos. **¿A quién afecta?** Afecta principalmente a tres tipos de usuarios de la vía: los vehículos que transportan mercancías peligrosas (los que llevan paneles naranjas), los camiones y conjuntos de transporte de mercancías de más de 7.500 kg de masa máxima autorizada, y los organizadores de pruebas deportivas, marchas ciclistas u otros eventos que ocupen la calzada en vías interurbanas. **¿Qué cambia o establece?** La resolución prohíbe circular a los vehículos de mercancías peligrosas los domingos y festivos entre las 8:00 y las 24:00 horas, y las vísperas de festivo (que no sean sábado) desde las 16:00 horas. Los camiones pesados de más de 7.500 kg quedan igualmente restringidos en las fechas recogidas en los anexos, que coinciden con festivos, puentes y períodos vacacionales. Además, los vehículos de mercancías peligrosas deben seguir rutas concretas establecidas en la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP). En cuanto a eventos deportivos, no se autorizarán pruebas en vía pública durante las fechas restringidas, salvo excepciones tasadas como competiciones internacionales de la UCI o eventos incluidos en el calendario anual oficial.
💬 Contexto ciudadano
La Resolución de la Dirección de Tráfico del Gobierno Vasco que establece medidas especiales de regulación del tráfico para 2025 es el instrumento anual de coordinación entre la policía de tráfico autonómica y los operadores del transporte para prevenir accidentes en períodos de alta circulación. El País Vasco, con transferencia plena de la gestión del tráfico en vías no estatales desde los años ochenta, dispone de su propio calendario de restricciones que complementa el de la DGT estatal. Frente a las restricciones genéricas de la DGT, la resolución vasca incorpora la Red de Itinerarios de Mercancías Peligrosas (RIMP) específica de Euskadi, con rutas adaptadas a la orografía del territorio. Su impacto afecta especialmente al transporte de mercancías peligrosas que usa la AP-8 y la N-1 como corredores internacionales hacia Francia.