Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 21/2014, de 4 de noviembre, por la que se modifica el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, y la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil.

BOE-A-2014-11404Publicada: 05/11/2014JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

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💬 Contexto ciudadano

Antes de la Ley 21/2014, la protección de la propiedad intelectual en España se regía principalmente por el Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual de 1996, que ya resultaba insuficiente ante los rápidos cambios tecnológicos. Esta ley nacional se alineaba con directivas europeas como la 2011/77/UE, que buscaba armonizar los plazos de protección de derechos de autor, aunque la normativa española abordaba aspectos más amplios como la copia privada y la supervisión de entidades de gestión. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener desarrollos específicos en ámbitos de su competencia, esta ley es de ámbito nacional y fue aprobada por las Cortes Generales. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que esta modificación buscaba fortalecer la protección de sus creaciones y facilitar el acceso a contenidos legales en el entorno digital, impactando directamente en cómo se crean, distribuyen y consumen obras culturales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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