Real DecretoNacionalvigente

Orden FOM/2799/2015, de 18 de diciembre, por la que se modifica la Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, por la que se desarrolla la sección segunda del capítulo IV del título V, en materia de arrendamiento de vehículos con conductor, del Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres, aprobado por Real Decreto 1211/1990, de 28 de septiembre.

BOE-A-2015-14077Publicada: 24/12/2015MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Orden FOM/2799/2015, de 18 de diciembre, por la que se modifica la Orden FOM/36/ ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1057/2015 modifica la Orden FOM/36/2008 para adaptar el régimen de arrendamiento de vehículos con conductor al nuevo marco legal vigente, incluyendo la Ley 9/2013 y la Ley 21/2003. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1057/2015 modifica el régimen de arrendamiento de vehículos con conductor previsto en el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT). Este cambio busca adaptar el ROTT a las normas recientes, como la Ley 9/2013 y la Ley 21/2003. Además, se modifica la Orden FOM/36/2008, que desarrolla la sección segunda del capítulo IV del título V del ROTT, para alinearla con estas nuevas disposiciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1057/2015, de 20 de noviembre, modifica la Orden FOM/36/2008, de 9 de enero, que desarrolla la sección segunda del capítulo IV del título V del ROTT. Esta modificación se realiza para adaptar el régimen de arrendamiento de vehículos con conductor al nuevo marco legal establecido por la Ley 9/2013, de 4 de julio, y la Ley 21/2003, de 7 de julio. La Orden FOM/36/2008 se modifica en varios puntos, incluyendo el artículo 5, que establece los requisitos para el otorgamiento de las autorizaciones. En este artículo, se detallan los datos que deben incluirse en el contrato de arrendamiento, como el nombre y número del documento nacional de identidad o código de identificación fiscal del arrendador y el arrendatario, el lugar y fecha de celebración del contrato, el lugar, fecha y hora de inicio y finalización del servicio, la matrícula del vehículo, y otros datos que puedan establecerse por la Administración o pactarse libremente entre las partes. Se permite omitir la identificación del lugar de finalización del servicio si el contrato lo señala expresamente. Además, si la copia del contrato contiene los mismos datos exigibles para la hoja de ruta, no será necesario cumplimentar ésta. La empresa arrendadora debe conservar el contrato de arrendamiento durante un año a partir de su celebración, a disposición de los servicios de inspección del transporte terrestre. También se suprimen los artículos 25, 26, así como las disposiciones adicionales segunda y transitorias primera y segunda. La disposición final primera establece que la orden se dicta al amparo del artículo 149.1.21.ª de la Constitución, que atribuye al Estado competencia sobre los transportes terrestres que transcurran por el territorio de más de una Comunidad Autónoma. La disposición final segunda establece que la orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1057/2015 modifica la Orden FOM/36/2008 para adaptar el régimen de arrendamiento de vehículos con conductor al nuevo marco legal. Se actualizan los requisitos contractuales y se suprimen disposiciones obsoletas. La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones en el artículo 5**: Se establecen requisitos para el otorgamiento de autorizaciones, incluyendo datos del contrato y la conservación del mismo. ⚠️ **Supresión de artículos y disposiciones**: Se eliminan artículos 25, 26 y disposiciones transitorias. 📋 **Cumplimiento de normativa reciente**: Se adapta al marco legal de la Ley 9/2013 y la Ley 21/2003. ℹ️ **Entrada en vigor**: La norma entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1057/2015 - **Tipo**: Modificación de orden ministerial - **Fecha**: 20 de noviembre de 2015 - **Materias**: Transporte terrestre, arrendamiento de vehículos con conductor - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden FOM/2799/2015, de 2015, modifica la normativa previa sobre arrendamiento de vehículos con conductor (VTC), concretamente la Orden FOM/36/2008, para adecuarla a cambios legislativos superiores como el Real Decreto 1057/2015 y la Ley 9/2013, que a su vez adaptaban el Reglamento de la Ley de Ordenación de los Transportes Terrestres (ROTT) a la legislación estatal. A diferencia de otras CCAA que pueden tener regulaciones propias, esta normativa es de ámbito nacional y busca armonizar los requisitos para el otorgamiento de autorizaciones VTC, como la acreditación de personalidad jurídica y nacionalidad. La importancia para el ciudadano radica en que estos cambios afectan directamente a las condiciones bajo las cuales las empresas pueden operar este servicio, influyendo en la oferta, la competencia y, en última instancia, en la calidad y el precio del servicio de VTC disponible. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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