Resolución de 30 de enero de 2017, de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa, por la que se actualiza el anexo I.2 del Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, en lo relativo a los parámetros que determinan la media del consumo de los vehículos de turismo nuevos que se pongan a la venta o se ofrezcan en arrendamiento financiero en territorio español.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 30 de enero de 2017, de la Secretaría General de Industria y de la ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 30 de enero de 2017 actualiza los coeficientes a, b, a´ y b´ utilizados para calcular la media del consumo de vehículos de turismo nuevos en España. 2. **CONTEXTO** Esta resolución modifica el anexo I.2 del Real Decreto 837/2002, que regula la información sobre consumo de combustible y emisiones de CO2 de los turismos nuevos. La actualización se realiza por resolución de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa. Los coeficientes se ajustan anualmente para reflejar cambios en las características de los vehículos, como los consumos homologados y la superficie ocupada. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 30 de enero de 2017, publicada en el Boletín Oficial del Estado, actualiza los coeficientes a, b, a´ y b´ que se utilizan para calcular la media del consumo de los vehículos de turismo nuevos en España. Estos coeficientes se encuentran en el anexo I.2 del Real Decreto 837/2002, de 2 de agosto, que regula la información sobre consumo de combustible y emisiones de CO2 de los turismos nuevos que se ponen a la venta o se ofrezcan en arrendamiento financiero en territorio español. El anexo I.2 establece que la actualización de las ecuaciones y de los valores de los coeficientes a, a´ y b, b´ se realizará por resolución de la Secretaría de Estado de Política Científica y Tecnológica, cuyas funciones han sido asumidas por la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa del Ministerio de Economía, Industria y Competitividad. Los valores de los coeficientes a y b, así como a´ y b´, varían anualmente en función de las características de los vehículos de gasolina y gasóleo comercializados, como los consumos homologados y la superficie que ocupan los vehículos. Este sistema de clasificación energética entre los vehículos de cada categoría requiere la actualización constante de los coeficientes para evitar que se desvirtúe la clasificación energética y se produzcan desplazamientos ficticios de los nuevos vehículos hacia clases de eficiencia energética superiores, debido a la progresiva disminución de los consumos mixtos de los vehículos comercializados. Esta resolución continúa el proceso iniciado con la Resolución de la Secretaría General de Industria de 27 de julio de 2007, publicada en el BOE de 8 de agosto de 2007, y continuado por la Resolución de la Secretaría General de Industria y de la Pequeña y Mediana Empresa de 24 de septiembre de 2012. En virtud de lo anterior, la resolución establece que los valores de los coeficientes a y b para vehículos con motor de gasolina serán 1,94 y 0,163, respectivamente, mientras que para vehículos con motor de gasóleo, los valores de a´ y b´ serán 1,70 y 0,146. Estos valores sustituyen los anteriores utilizados en el anexo I.2 del Real Decreto 837/2002. La presente resolución surtirá efectos desde el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. La resolución fue firmada por Begoña Cristeto Blasco, Secretaria General de Industria, y de la Pequeña y Mediana Empresa, en Madrid, el 30 de enero de 2017. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La resolución actualiza los coeficientes de cálculo del consumo de vehículos nuevos en España. Los valores se ajustan anualmente para mantener la precisión de la clasificación energética. La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización de coeficientes**: Se actualizan los valores de los coeficientes a, b, a´ y b´ para vehículos de gasolina y gasóleo. ⚠️ **Relevancia para la clasificación energética**: La actualización evita desplazamientos ficticios de vehículos hacia clases de eficiencia superior. 📋 **Efectos desde la publicación**: La resolución entra en vigor al día siguiente de su publicación en el BOE. ℹ️ **Continuidad de un proceso**: La resolución sigue un proceso iniciado en 2007 y actualizado en 2012. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 30 de enero de 2017 - **Materias**: Consumo de combustible, emisiones de CO2, vehículos nuevos, eficiencia energética - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Esta resolución de 2017 actualiza los coeficientes para calcular el consumo medio de los turismos nuevos en España, basándose en el Real Decreto 837/2002. Antes de esta norma, existían resoluciones previas que ya establecían un sistema de clasificación energética comparativa, adaptándose anualmente a las características cambiantes de los vehículos. La metodología española para determinar la eficiencia energética de los vehículos se alinea con el espíritu de las directivas europeas, aunque la concreción de los coeficientes es una potestad nacional, delegada en este caso a la Secretaría General de Industria. La aprobación recae en dicha Secretaría, sin que haya una oposición formal explícita en el texto. Esta actualización es crucial para el ciudadano, ya que asegura que la etiqueta energética refleje de manera precisa y actualizada la eficiencia real de los vehículos, evitando clasificaciones ficticiamente favorables y permitiendo una comparación más justa al adquirir o alquilar un coche. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────