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Real Decreto 126/2017, de 24 de febrero, por el que se establece una cualificación profesional de la familia profesional Electricidad y Electrónica que se incluye en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales.

BOE-A-2017-2669Publicada: 13/03/2017MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA Y PARA LAS ADMINISTRACIONES TERRITORIALES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 126/2017, de 24 de febrero, por el que se establece una cualificaci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 126/2017 establece una cualificación profesional en la familia de Electricidad y Electrónica, específica para el montaje y mantenimiento de líneas de alimentación en electrificación ferroviaria, incluida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 126/2017 se enmarca en el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional, regulado por la Ley Orgánica 5/2002. Este sistema busca integrar la formación profesional con el mercado laboral, facilitando la movilidad y la formación continua. El Real Decreto se dicta tras consulta a los órganos competentes y con el objetivo de actualizar y adaptar las cualificaciones profesionales a las necesidades del sistema productivo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 126/2017, de 24 de febrero de 2017, establece una cualificación profesional en el ámbito de la familia profesional de Electricidad y Electrónica, específica para el montaje y mantenimiento de líneas de alimentación en electrificación ferroviaria, nivel 2, incluida en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Esta cualificación se describe en el Anexo DCLXXI del Real Decreto. La Ley Orgánica 5/2002, de 19 de junio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional, establece el marco jurídico general para el Sistema Nacional de Cualificaciones y Formación Profesional. En su artículo 2.1, define este sistema como el conjunto de instrumentos y acciones necesarios para promover y desarrollar la integración de las ofertas de la formación profesional, a través del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la evaluación y acreditación de las correspondientes competencias profesionales. El artículo 7.1 de la Ley Orgánica 5/2002 establece que el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales se crea con la finalidad de facilitar el carácter integrado y la adecuación entre la formación profesional y el mercado laboral, así como la formación a lo largo de la vida, la movilidad de los trabajadores y la unidad del mercado laboral. Este catálogo está constituido por las cualificaciones identificadas en el sistema productivo y por la formación asociada a las mismas, que se organiza en módulos formativos. El artículo 7.2 de la misma ley orgánica encomienda al Gobierno, previa consulta al Consejo General de la Formación Profesional, la determinación de la estructura y el contenido del Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, así como la aprobación de las cualificaciones que proceda incluir en el mismo, garantizando su actualización permanente. El Real Decreto 126/2017 ha sido informado por el Consejo General de Formación Profesional y por el Consejo Escolar del Estado, según lo dispuesto en el artículo 9.1 del Real Decreto 1128/2003, de 5 de septiembre. El artículo 5.3 de la Ley Orgánica 5/2002 establece que la cualificación profesional que se establece en este real decreto corresponde a la familia profesional de Electricidad y Electrónica, y se describe en el anexo DCLXXI. Además, el Real Decreto incluye una disposición adicional única que establece que, atendiendo a la evolución de las necesidades del sistema productivo y a las posibles demandas sociales, se procederá a una actualización del contenido del anexo cuando sea necesario, siendo en todo caso antes de transcurrido el plazo de cinco años desde su publicación. En cuanto a la competencia del Estado, el Real Decreto se dicta en virtud de las competencias que atribuye al Estado el artículo 149.1.1.ª y 30.ª de la Constitución, sobre regulación de las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y para la regulación de las condiciones de obtención, expedición y homologación de los títulos académicos y profesionales. Finalmente, el Real Decreto incluye disposiciones finales que autorizan a los Ministros de Educación, Cultura y Deporte y de Empleo y Seguridad Social a dictar normas de desarrollo en el ámbito de sus respectivas competencias, y establecen que el real decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 126/2017 establece una cualificación profesional específica en el ámbito de la electrificación ferroviaria, integrada en el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales. Se dicta en virtud de la Ley Orgánica 5/2002 y con la finalidad de adaptar la formación profesional a las necesidades del mercado laboral. El real decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Cualificación profesional**: Montaje y mantenimiento de líneas de alimentación en electrificación ferroviaria, nivel 2. ⚠️ **Actualización**: Se prevé una actualización del contenido del anexo antes de cinco años desde su publicación. 📋 **Sistema Nacional de Cualificaciones**: Regulado por la Ley Orgánica 5/2002, que establece el marco jurídico general. ℹ️ **Competencia del Estado**: Se dicta en virtud de la Constitución, en materia de regulación de títulos y cualificaciones profesionales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 126/2017 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 24 de febrero de 2017 - **Materias**: Formación profesional, cualificaciones, electrificación ferroviaria - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, el Catálogo Nacional de Cualificaciones Profesionales, creado por la Ley Orgánica 5/2002, ya existía como un marco para integrar la formación profesional con las demandas del mercado laboral, facilitando la movilidad y la formación continua. La inclusión de esta nueva cualificación en la familia de Electricidad y Electrónica se alinea con la normativa estatal que encomienda al Gobierno la aprobación de dichas cualificaciones, previa consulta a órganos como el Consejo General de la Formación Profesional, que ha informado favorablemente este real decreto. Esta incorporación, que no es una directiva de la UE sino una norma nacional, es crucial para el ciudadano porque oficializa y estandariza una competencia específica, mejorando su empleabilidad y el reconocimiento formal de sus habilidades en todo el territorio español, a diferencia de posibles regulaciones autonómicas o sectoriales previas que podrían haber sido menos uniformes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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