Ley 6/2024, de 19 de diciembre, de disolución del Colegio Oficial de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Bilbao.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una ley del Parlamento Vasco que disuelve oficialmente el Colegio Oficial de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Bilbao. Con su entrada en vigor, este colegio profesional deja de existir como entidad con personalidad jurídica, y su disolución queda inscrita en el registro oficial correspondiente del País Vasco. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a los miembros que estaban colegiados en el Colegio Oficial de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Bilbao en el momento de su disolución, quienes recibirán a partes iguales el patrimonio del colegio tras el proceso de liquidación. En términos generales, también concierne a quienes ejercían la profesión de agente de aduanas bajo el amparo de este colegio. **¿Qué cambia o establece?** La ley formaliza la desaparición del colegio, que había perdido su razón de ser tras el Real Decreto 335/2010, el cual eliminó la figura legal del agente de aduanas y suprimió la obligación de estar colegiado para ejercer esa actividad. El propio colegio solicitó su disolución ante la falta de nuevas incorporaciones y la reducción de miembros. La ley ordena repartir el patrimonio entre los colegiados vigentes en el momento de la disolución, y obliga a los liquidadores —nombrados en junta en julio de 2021— a rendir cuentas documentadas ante el Gobierno Vasco.
💬 Contexto ciudadano
La Ley 6/2024 del País Vasco formaliza la disolución del Colegio Oficial de Agentes y Comisionistas de Aduanas de Bilbao, figura colegial cuya razón de ser desapareció con el Real Decreto 335/2010 que eliminó el monopolio de los agentes de aduanas en la representación ante la Aduana española. La supresión de la colegiación obligatoria en 2010, en línea con la Directiva de Servicios de la UE de 2006, privó a este y otros colegios similares de su función reguladora esencial. Frente a los Colegios de Agentes Aduaneros que subsisten en otros países de la UE (Italia, Francia) donde el sector mantiene mayor regulación profesional, España optó por la liberalización plena. La ley vasca gestiona el cierre ordenado, liquidando el patrimonio entre los últimos miembros y cumpliendo las formalidades registrales de extinción de la persona jurídica.