Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 2/2019, de 6 de febrero, de reforma de la Ley 3/2013, de 26 de julio, de los contratos y otras relaciones jurídicas agrarias, para exigencia de la forma escrita y para la creación del Registro de Operadores, Contratos y Relaciones Jurídicas Agrarias.

BOE-A-2019-2785Publicada: 28/02/2019COMUNITAT VALENCIANA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Ley 2/2019, de 6 de febrero, de reforma de la Ley 3/2013, de 26 de julio, de los ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley 2/2019 reforma la Ley 3/2013 para exigir la forma escrita en ciertos contratos agrarios y crear un Registro de Operadores, Contratos y Relaciones Jurídicas Agrarias. 2. **CONTEXTO** La Ley 3/2013 fue aprobada en 2013 con el objetivo de regular el sector agrario, especialmente en aspectos como la venta a ojo y al peso, y el arrendamiento histórico. La reforma de 2019 busca reforzar estas normas y adaptarlas a nuevas realidades socioeconómicas, especialmente en el contexto de prácticas abusivas en la compraventa agraria. El texto menciona el caso de los cítricos como ejemplo paradigmático de abusos en el sector. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 2/2019, de 6 de febrero de 2019, reforma la Ley 3/2013, de 26 de julio de 2013, con el objetivo de exigir la forma escrita en ciertos contratos agrarios y crear un Registro de Operadores, Contratos y Relaciones Jurídicas Agrarias. La reforma se basa en el artículo 49.1.2.ª del Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana, que permite legislar sobre el derecho consuetudinario y adaptarlo a nuevas realidades socioeconómicas. En el preámbulo, se explica que la ley busca positivizar la costumbre y protegerla frente a prácticas abusivas. Se mencionan figuras como el corredor, el tasador y el arrendamiento histórico, regulando su contenido, derechos, obligaciones y régimen de transmisión. La reforma introduce cambios específicos en el texto de la Ley 3/2013. Por ejemplo, se suprime del párrafo cuarto del apartado II el contenido que permitía llegar a la forma escrita en ciertos casos. Se modifica el párrafo quinto del mismo apartado, limitando el aplazamiento del pago del precio en ventas a peso por persona física a un mes desde la terminación de la recolección o desde la fecha límite pactada. Además, se modifica el párrafo séptimo del primer apartado del preámbulo, destacando el compromiso de la Generalitat en el desarrollo reglamentario, especialmente en la confección de modelos normalizados de vales de pago y de recolección, así como en la homologación de contratos tipo. La Disposición Final Única establece que, en un plazo máximo de 18 meses desde la entrada en vigor de la ley, el Consell aprobará las normas reglamentarias necesarias para su desarrollo, incluyendo los modelos normalizados de contratos y vales, así como las normas para la puesta en marcha del Registro y la Junta de Arbitraje y Mediación. La ley busca, por tanto, reforzar la transparencia, la seguridad jurídica y la protección de los productores agrarios frente a prácticas abusivas en el ámbito de la compraventa. La creación del Registro y la regulación de los contratos agrarios son medidas clave para garantizar la aplicación efectiva de las normas en el sector. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La reforma busca mejorar la protección de los productores agrarios mediante la exigencia de la forma escrita en ciertos contratos y la creación de un Registro. Se establece un plazo de 18 meses para el desarrollo reglamentario. La ley refleja un compromiso con la adaptación del derecho consuetudinario a nuevas realidades. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Exigencia de forma escrita**: Se establece la necesidad de la forma escrita en ciertos contratos agrarios. ⚠️ **Prácticas abusivas**: Se mencionan casos como la venta a resultas, donde los productores son vulnerables. 📋 **Registro de Operadores**: Se crea un Registro de Operadores, Contratos y Relaciones Jurídicas Agrarias. ℹ️ **Desarrollo reglamentario**: Se establece un plazo de 18 meses para la aprobación de normas reglamentarias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Comunitat Valenciana - **Fuente**: Ley 2/2019 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha**: 6 de febrero de 2019 - **Materias**: Derecho agrario, derecho consuetudinario, contratos, registro, mediación - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Ley 2/2019, Ley 3/2013, Registro Agrario, forma escrita, venta a resultas, desarrollo reglamentario, Comunitat Valenciana ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Ley 2/2019 de la Comunidad Valenciana representa una reforma de su ley agraria de 2013, que buscaba positivizar el derecho consuetudinario y proteger al sector frente a prácticas abusivas, especialmente en la compraventa de productos. A diferencia de la normativa estatal o directivas europeas, que a menudo establecen marcos generales, esta ley autonómica profundiza en la protección del agricultor, considerado la parte débil. La reforma introduce la exigencia de forma escrita para los contratos y la creación de un registro específico, medidas que no existían previamente de forma tan detallada en la ley de 2013 ni en otras comunidades autónomas con la misma especificidad. Esta diferencia es crucial para el ciudadano agricultor, ya que la obligatoriedad de la forma escrita y la transparencia que aporta el registro buscan mitigar la "venta a resultas" y otras cláusulas abusivas que hasta entonces persistían, ofreciendo mayor seguridad jurídica y capacidad de negociación. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →