Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 19 de febrero de 2019, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado, por la que se modifican los Anexos II, III y IV de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio, por la que se regulan las prestaciones complementarias de la asistencia sanitaria en MUFACE y se establece el procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina.

BOE-A-2019-2583Publicada: 25/02/2019MINISTERIO DE POLÍTICA TERRITORIAL Y FUNCIÓN PÚBLICA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Resolución de 19 de febrero de 2019, de la Mutualidad General de Funcionarios Ci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución de 19 de febrero de 2019 modifica los Anexos II, III y IV de la Orden APU/2245/2005, estableciendo nuevos criterios para la financiación de prestaciones sanitarias, incluyendo la prescripción por especialistas y la compatibilidad de ayudas. 2. **CONTEXTO** La Orden APU/2245/2005 regula las prestaciones complementarias de asistencia sanitaria en MUFACE, incluyendo el financiamiento de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina. La Resolución de 2019 actualiza los anexos II, III y IV, que detallan las prestaciones y condiciones de financiación. La Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común exige la relación electrónica entre empleados públicos y las Administraciones Públicas, lo que influye en la presentación de solicitudes de prestaciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución de 19 de febrero de 2019 modifica los Anexos II, III y IV de la Orden APU/2245/2005, de 30 de junio de 2005, que regulan las prestaciones complementarias de asistencia sanitaria en MUFACE y el procedimiento de financiación de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina. Estos anexos detallan las prestaciones sanitarias que pueden ser financiadas, así como las condiciones y cuantías de las ayudas económicas. La Resolución de 2019 introduce nuevas normas que afectan a la prescripción, la compatibilidad de ayudas y la renovación de prestaciones. En el Anexo II, se establece que la prescripción de las prestaciones sanitarias debe realizarse por un especialista en la materia correspondiente a la patología que justifique su prescripción, y que esté concertado o preste servicios en la entidad a la que se encuentre adscrito el titular. Además, se establece que la ayuda para audífonos será incompatible con la prestación de audífono prevista en el Catálogo de Material Ortoprotésico del Anexo I, salvo en el caso de la adaptación bilateral de audífonos, en cuyo caso ambos podrán ser objeto de ayuda. En el Anexo III, se establece que el período mínimo de renovación ordinaria de las prestaciones de audífono, colchón o colchoneta antiescaras o laringófono será de veinticuatro meses desde la fecha de la factura. Además, se establece que no se abonarán reparaciones en período de garantía, y que en caso de necesidad de reparación, la cuantía de la ayuda será como máximo el 50% de la ayuda establecida para su adquisición, acompañando el certificado de garantía del producto cuando el producto tenga una antigüedad inferior a cinco años. En el Anexo IV, se establece que la indicación, autorización y suministro de bombas portátiles de infusión subcutánea continua de insulina se realizará en los términos y condiciones estipulados en los conciertos de asistencia sanitaria suscritos por la Mutualidad. Además, se establece que la prescripción de estas bombas debe realizarse por un especialista en la materia correspondiente a la patología que justifique su prescripción, y que esté concertado o preste servicios en la entidad a la que se encuentre adscrito el titular. La Resolución también se ajusta a la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común, que establece que los empleados públicos deben relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas. Esto implica que la presentación de solicitudes de prestaciones dentarias y oculares debe realizarse electrónicamente, conforme a las normas establecidas en dicha ley. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución de 2019 modifica los anexos de la Orden APU/2245/2005 para regular mejor las prestaciones sanitarias, incluyendo la prescripción por especialistas y la compatibilidad de ayudas. Se adapta a la normativa vigente sobre procedimiento administrativo y relación electrónica entre empleados públicos y Administraciones Públicas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificaciones a los anexos II, III y IV**: Se actualizan las prestaciones y condiciones de financiación. ⚠️ **Prescripción por especialistas**: Solo se permite la prescripción por especialistas en la materia correspondiente. 📋 **Compatibilidad de ayudas**: La ayuda para audífonos es incompatible con la prestación de audífono del Anexo I, salvo en casos específicos. ℹ️ **Relación electrónica**: Se exige la presentación electrónica de solicitudes de prestaciones según la Ley 39/2015. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Resolución de 19 de febrero de 2019, de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado - **Tipo**: Resolución - **Fecha**: 19 de febrero de 2019 - **Materias**: Asistencia sanitaria, prestaciones complementarias, procedimiento administrativo, empleados públicos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución de 2019, la Orden APU/2245/2005 regulaba las prestaciones complementarias de asistencia sanitaria en MUFACE, incluyendo la financiación de bombas de insulina, y permitía la actualización de sus anexos mediante resolución. La presente modificación se alinea con la Ley 39/2015, que obliga a los empleados públicos a relacionarse electrónicamente con la administración y prohíbe exigir documentos originales, principios que no son exclusivos de esta norma sino que buscan la modernización y simplificación de trámites en todas las administraciones públicas. La diferencia para el ciudadano mutualista radica en la adaptación de los procedimientos de solicitud de prestaciones dentales y oculares a la tramitación electrónica y a la eliminación de requisitos de presentación de originales, facilitando así el acceso y la gestión de estas ayudas económicas, lo que beneficia a todos los mutualistas al hacer más ágil y accesible el ejercicio de sus derechos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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