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Real Decreto 734/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifican directrices básicas de planificación de protección civil y planes estatales de protección civil para la mejora de la atención a las personas con discapacidad y a otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias.

BOE-A-2020-46Publicada: 03/01/2020MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, RELACIONES CON LAS CORTES E IGUALDAD

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 734/2019, de 20 de diciembre, por el que se modifican directrices b ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 734/2019 modifica las directrices básicas de planificación de protección civil y los planes estatales de protección civil para mejorar la atención a personas con discapacidad y otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias. 2. **CONTEXTO** En un contexto de crecientes amenazas y riesgos, las administraciones públicas deben identificar colectivos prioritarios para mejorar su preparación. Aunque las políticas de protección civil han reducido la vulnerabilidad general, es necesario mejorar la atención a grupos especialmente afectados. La Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad establece el derecho a la seguridad y protección en situaciones de riesgo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 734/2019 introduce modificaciones en las directrices básicas de planificación de protección civil y en los planes estatales de protección civil con el objetivo de mejorar la atención a personas con discapacidad y otros colectivos en situación de especial vulnerabilidad ante emergencias. Estas modificaciones se fundamentan en la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad de Naciones Unidas, de 13 de diciembre de 2006, que establece en su artículo 11 que los Estados Partes deben adoptar medidas necesarias para garantizar la seguridad y protección de las personas con discapacidad en situaciones de riesgo, incluidas emergencias humanitarias y desastres naturales. Además, el artículo 9 de dicha convención insta a los países a asegurar que las personas con discapacidad puedan tener acceso a los servicios públicos, a la información y a las tecnologías de la información y las comunicaciones, utilizando formatos y tecnologías accesibles, como el braille, la lengua de signos, elementos de accesibilidad cognitiva, lectura fácil, apoyos visuales, sistemas pictográficos o diseño de entorno. El Real Decreto establece que el Gobierno, en colaboración con las organizaciones representativas de las personas con discapacidad y sus familias, garantizará que los protocolos de comunicación ante situaciones de riesgo y emergencia nacional contemplen las necesidades derivadas del principio de accesibilidad universal de las personas con discapacidad. Además, en la Disposición adicional segunda, se establece que los poderes públicos, en colaboración con las organizaciones representativas, garantizarán la accesibilidad universal a los servicios de emergencia, incluido el número telefónico 112, como número único de acceso a los servicios de atención de emergencias en todo el territorio nacional. Esta disposición se basa en el artículo 3.2 de la Ley 17/2015, de 9 de julio, del Sistema Nacional de Protección Civil. El Real Decreto también establece que se dictará al amparo de los artículos 149.1.1ª y 29ª de la Constitución Española, que atribuyen al Estado la competencia para regular las condiciones básicas que garanticen la igualdad de todos los españoles en el ejercicio de los derechos y en el cumplimiento de los deberes constitucionales, y en materia de seguridad pública, respectivamente. Además, se habilita a las personas titulares de los Ministerios del Interior y de Sanidad, Consumo y Bienestar Social para dictar las disposiciones oportunas para la aplicación y desarrollo del Real Decreto. Finalmente, el Real Decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 734/2019 mejora la protección de personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables en emergencias. Se establecen protocolos accesibles y se garantiza la accesibilidad universal a los servicios de emergencia. La norma se fundamenta en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Constitución Española. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Mejora de la protección civil**: Se modifica la planificación de protección civil para incluir a personas con discapacidad y otros colectivos vulnerables. ⚠️ **Accesibilidad universal**: Se garantiza la accesibilidad a los servicios de emergencia, incluido el número 112. 📋 **Colaboración con organizaciones**: El Gobierno debe trabajar con representantes de personas con discapacidad y sus familias. ℹ️ **Fundamento legal**: La norma se basa en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad y en la Constitución Española. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 734/2019 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 20 de diciembre de 2019 - **Materias**: Protección civil, discapacidad, accesibilidad, emergencias, derechos humanos - **Relevancia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, la normativa de protección civil, si bien contemplaba la necesidad de atender a colectivos vulnerables, no detallaba de forma tan específica las medidas para personas con discapacidad y otros grupos en riesgo. La Ley 17/2015 del Sistema Nacional de Protección Civil ya establecía la necesidad de incluir criterios de actuación para personas con discapacidad en los planes, pero este Real Decreto profundiza y actualiza las directrices básicas. A diferencia de normativas autonómicas que puedan haber desarrollado enfoques similares, este Real Decreto de ámbito estatal unifica y refuerza las directrices a nivel nacional, alineándose con compromisos internacionales como la Convención de la ONU sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad. La importancia para el ciudadano radica en una mejora tangible de su seguridad y atención en situaciones de emergencia, asegurando que sus necesidades específicas sean consideradas y cubiertas, lo que reduce la incertidumbre y el riesgo ante desastres. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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