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ResoluciónNacionalvigente

Terminación del Acuerdo entre el Reino de España y la Universidad de las Naciones Unidas relativo al Instituto Internacional de la Universidad de las Naciones Unidas para la Alianza de las Civilizaciones en Barcelona, hecho en Madrid y Tokio el 26 de octubre de 2010.

BOE-A-2020-13843Publicada: 09/11/2020MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES, UNIÓN EUROPEA Y COOPERACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Terminación del Acuerdo entre el Reino de España y la Universidad de las Nacione ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Resolución Nacional anuncia la terminación del Acuerdo entre el Reino de España y la Universidad de las Naciones Unidas relativo al Instituto Internacional de la Universidad de las Naciones Unidas para la Alianza de las Civilizaciones en Barcelona, vigente desde el 26 de octubre de 2010. 2. **CONTEXTO** El Acuerdo fue firmado en Madrid y Tokio el 26 de octubre de 2010 y publicado en el Boletín Oficial del Estado en 2010 y 2015. En octubre de 2020, mediante intercambio de notas verbales, las Partes acordaron su terminación. El tratado dejó de estar en vigor el 31 de diciembre de 2018 según su artículo 18. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Resolución Nacional de 29 de octubre de 2020, publicada en el Boletín Oficial del Estado, formaliza la terminación del Acuerdo entre el Reino de España y la Universidad de las Naciones Unidas relativo al Instituto Internacional de la Universidad de las Naciones Unidas para la Alianza de las Civilizaciones en Barcelona. Este acuerdo, firmado en Madrid y Tokio el 26 de octubre de 2010, fue publicado en el Boletín Oficial del Estado en dos ocasiones: el n.º 227 de 18 de septiembre de 2010 y el n.º 113 de 12 de mayo de 2015. La terminación se efectuó mediante intercambio de notas verbales del 13 y 26 de octubre de 2020, lo que indica que las Partes acordaron la finalización del tratado. Según el artículo 18 del Acuerdo, las Partes establecieron que el tratado dejó de estar en vigor el 31 de diciembre de 2018. Este artículo establece que la terminación del acuerdo se realizará mediante notificación escrita, y que el tratado dejará de estar en vigor a partir de la fecha de la notificación. En este caso, la notificación fue efectuada en octubre de 2020, lo que confirma la finalización del acuerdo. La Resolución Nacional, firmada por el Secretario General Técnico, José María Muriel Palomino, formaliza esta decisión y la publica como acto oficial. La terminación del acuerdo implica que el Instituto Internacional de la Universidad de las Naciones Unidas para la Alianza de las Civilizaciones en Barcelona dejó de tener vigencia legal y operativa. Este acuerdo, que tenía como objetivo promover la Alianza de las Civilizaciones, fue un instrumento bilateral entre España y la Universidad de las Naciones Unidas, y su terminación refleja una decisión política y jurídica conjunta. La Resolución Nacional no solo anuncia la terminación del acuerdo, sino que también lo formaliza como un acto legal, lo que permite su registro y consulta en el sistema jurídico español. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Resolución Nacional anuncia la terminación del Acuerdo entre España y la Universidad de las Naciones Unidas relativo al Instituto Internacional para la Alianza de las Civilizaciones en Barcelona. La terminación fue acordada en octubre de 2020 y entró en vigor el 31 de diciembre de 2018. La Resolución formaliza y publica esta decisión como acto legal. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Terminación del Acuerdo**: El acuerdo firmado en 2010 dejó de estar en vigor el 31 de diciembre de 2018. ⚠️ **Fecha de notificación**: La terminación fue notificada en octubre de 2020, lo que confirma su finalización. 📋 **Publicación oficial**: La Resolución fue publicada en el Boletín Oficial del Estado como acto legal. ℹ️ **Artículo 18**: Este artículo establece los términos de la terminación del acuerdo, incluyendo la fecha de entrada en vigor. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Resolución Nacional - **Fecha**: 29 de octubre de 2020 - **Materias**: Derecho internacional público, Derecho administrativo, Derecho de los tratados - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Acuerdo, terminación, Universidad de las Naciones Unidas, Instituto Internacional, Alianza de las Civilizaciones, Boletín Oficial del Estado, artículo 18, notificación, vigencia, España ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta resolución formaliza la terminación de un acuerdo bilateral entre España y la Universidad de las Naciones Unidas para el funcionamiento de un instituto en Barcelona, que previamente se había publicado en el BOE. A diferencia de normativas que establecen marcos de cooperación permanentes o directivas europeas de aplicación generalizada, esta decisión concierne a un convenio específico que ha dejado de tener vigencia desde finales de 2018, según lo pactado por ambas partes. La aprobación de esta terminación recae en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, a través de su Secretario General Técnico, y su relevancia para el ciudadano radica en la extinción de un marco institucional concreto, lo que podría implicar la redefinición de actividades o la cesación de programas que se desarrollaban bajo su amparo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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