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Sentencia de 30 de septiembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, que declara estimar en parte el recurso contencioso-administrativo número 36/2019, contra el Real Decreto 1398/2018, de 23 de noviembre, por el que se desarrolla el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril.

BOE-A-2022-4918Publicada: 29/03/2022TRIBUNAL SUPREMO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Sentencia de 30 de septiembre de 2020, de la Sala Tercera del Tribunal Supremo, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Sala Tercera del Tribunal Supremo declara nula la parte del artículo 4.1.a) del Real Decreto 1398/2018, estimando parcialmente el recurso contencioso-administrativo interpuesto por la Sociedad General de Autores y Editores. 2. **CONTEXTO** El recurso fue interpuesto por la Sociedad General de Autores y Editores contra el Real Decreto 1398/2018, que desarrolla el artículo 25 del Texto Refundido de la Ley de Propiedad Intelectual. La sentencia fue dictada el 30 de septiembre de 2020 por la Sala Tercera del Tribunal Supremo, en la Sección Cuarta. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La sentencia del Tribunal Supremo resuelve la nulidad del artículo 4.1.a) del Real Decreto 1398/2018, que se considera contrario al derecho fundamental de la libertad de expresión y a la libertad de información, según el artículo 20.1 de la Constitución Española. La Sala determina que el artículo en cuestión limita de forma excesiva el derecho de los medios de comunicación a utilizar contenidos protegidos por derechos de autor, sin una justificación suficiente en el marco de la protección de los derechos de autor. El Tribunal considera que el Real Decreto 1398/2018 no establece un mecanismo claro para la atribución de derechos de autor en los contenidos periodísticos, lo que genera incertidumbre y afecta la libertad de expresión. En este sentido, la Sala recurre al artículo 20.1 de la Constitución, que garantiza la libertad de expresión y de información, y al artículo 72.2 del Código de Procedimiento Administrativo (LJCA), que establece la obligación de publicar los fallos en el Boletín Oficial del Estado. Además, la sentencia establece que el fallo debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado, tal como se indica en el artículo 72.2 de la LJCA, y que no se impondrán costas a las partes. La Sala no se pronuncia sobre la totalidad del Real Decreto, sino solo sobre la parte específica que se considera nula. Esta decisión refleja la importancia de equilibrar los derechos de autor con los derechos fundamentales de libertad de expresión y de información, y subraya la necesidad de que las normas legales no limiten de forma desproporcionada las libertades constitucionales. La Sala reafirma que el derecho de autor no puede ser utilizado como herramienta para restringir la libertad de los medios de comunicación, especialmente cuando no se establecen mecanismos claros para la atribución de derechos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La sentencia declara nula una parte del Real Decreto 1398/2018 por considerarla incompatible con la libertad de expresión. El Tribunal Supremo estima parcialmente el recurso interpuesto por la Sociedad General de Autores y Editores. La decisión subraya la importancia de equilibrar los derechos de autor con los derechos fundamentales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nulidad parcial del Real Decreto 1398/2018**: Se declara nulo el artículo 4.1.a) por ser incompatible con la libertad de expresión. ⚠️ **Limitación excesiva de la libertad de información**: El Real Decreto no establece mecanismos claros para la atribución de derechos de autor en contenidos periodísticos. 📋 **Publicación en el BOE**: El fallo debe publicarse en el Boletín Oficial del Estado según el artículo 72.2 de la LJCA. ℹ️ **Equilibrio entre derechos**: La sentencia reafirma la necesidad de equilibrar los derechos de autor con los derechos fundamentales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Sentencia del Tribunal Supremo - **Tipo**: Sentencia judicial - **Fecha**: 30 de septiembre de 2020 - **Materias**: Derecho de autor, libertad de expresión, derecho administrativo, derecho constitucional - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Tribunal Supremo, Real Decreto 1398/2018, libertad de expresión, derechos de autor, nulidad parcial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La sentencia del Tribunal Supremo de 30 de septiembre de 2020, que declara la nulidad parcial del Real Decreto 1398/2018, surge en un contexto donde la regulación de la propiedad intelectual, específicamente el desarrollo del artículo 25 de la Ley de Propiedad Intelectual, buscaba armonizarse con normativas europeas y estatales preexistentes. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener desarrollos propios o interpretaciones distintas, esta normativa estatal pretendía unificar criterios a nivel nacional. La aprobación de este Real Decreto por parte del Gobierno y su posterior impugnación por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) ante el Tribunal Supremo, culminando en la declaración de nulidad de una parte específica, pone de manifiesto las tensiones entre la protección de los derechos de autor y la aplicación práctica de la ley. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que afecta directamente a la forma en que se gestionan y se perciben las remuneraciones por el uso de obras protegidas, impactando en la disponibilidad y el acceso a contenidos culturales y creativos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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