Corrección de erratas del Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre, por el que se modifican las cuantías de determinadas tablas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, y por el que se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de novie
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-27 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre, por el que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige una errata en la tabla de cuantías para la valoración de daños y perjuicios en accidentes de circulación, específicamente en la fila de "Edad del cónyuge" de la tabla "Años de duración del matrimonio: 27 años (continuación)". 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 907/2022, publicado en el BOE el 28 de octubre de 2022, establece modificaciones en las tablas de valoración de daños y perjuicios en accidentes de circulación. Posteriormente, se detectó una errata en las páginas 147182 a 147184 del citado Real Decreto. Esta errata afecta la tabla mencionada, donde se inserta una columna con nuevos valores económicos. Para corregir esta imprecision, se emitió una corrección en el BOE. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 907/2022, de 25 de octubre de 2022, modifica las cuantías de determinadas tablas del sistema para la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de circulación, contenidas en el anexo del texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor, aprobado por el Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre. Además, se modifica el Real Decreto 1060/2015, de 20 de noviembre, relativo a la ordenación, supervisión y solvencia de las entidades aseguradoras y reaseguradoras. La corrección se efectúa en el BOE el 28 de octubre de 2022, en la página 147182 a 147184, en la tabla "Años de duración del matrimonio: 27 años (continuación)", bajo la fila "Edad del cónyuge". Se inserta entre las columnas 85 y 87 la columna 86, con los siguientes valores: 4.584 €, 6.113 €, 7.641 €, 9.169 €, 10.697 €, 12.225 €, 13.753 €, 15.282 €, 16.810 €, 18.338 €, 19.866 €, y se repite este último valor 14 veces. Esta corrección se realiza para corregir una errata en la publicación original del Real Decreto 907/2022. La tabla en cuestión forma parte del sistema de valoración de daños y perjuicios en accidentes de circulación, que se aplica en casos de lesiones personales. La corrección afecta específicamente a la columna de "Edad del cónyuge", lo que implica que los valores económicos asignados a diferentes edades de cónyuges serán actualizados. Esta modificación se incorpora al sistema vigente para garantizar la precisión y la aplicación correcta de las cuantías en los casos de accidentes de tráfico. La corrección se efectúa mediante una errata, lo que indica que el contenido original del Real Decreto 907/2022 contenía un error en la tabla mencionada, y se corrige para evitar que se produzca una aplicación incorrecta de las cuantías en los casos prácticos. La errata se publica en el BOE, lo que garantiza que los profesionales y los ciudadanos puedan acceder a la versión correcta del Real Decreto. La corrección no implica una modificación sustancial del contenido general del Real Decreto, sino una rectificación de un error tipográfico o de cálculo en la tabla específica. Esta acción refleja la importancia de la precisión en las normas que regulan la valoración de daños y perjuicios, ya que estas cuantías son fundamentales para la determinación de indemnizaciones en casos de accidentes de circulación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige una errata en la tabla de cuantías de daños y perjuicios en accidentes de circulación. La corrección afecta específicamente a la columna de "Edad del cónyuge" en la tabla "Años de duración del matrimonio: 27 años (continuación)". La errata se publica en el BOE para garantizar la precisión en la aplicación de las cuantías. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige una errata en el Real Decreto 907/2022, publicado en el BOE el 28 de octubre de 2022. ⚠️ **Afecta tabla específica**: La corrección se aplica a la tabla "Años de duración del matrimonio: 27 años (continuación)" bajo la fila "Edad del cónyuge". 📋 **Inserción de columna**: Se inserta una nueva columna con valores económicos entre las columnas 85 y 87. ℹ️ **Precisión en normativa**: La corrección garantiza la aplicación correcta de las cuantías en casos de accidentes de circulación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 28 de octubre de 2022 - **Materias**: Responsabilidad civil, seguro, accidentes de circulación, valoración de daños - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 907/2022, errata, valoración de daños, accidentes de circulación, indemnizaciones, cuantías, tabla de edades, matrimonio, cónyuge, BOE ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Esta corrección de erratas al Real Decreto 907/2022, publicada el 10 de febrero de 2023, se refiere a la actualización de cuantías en las tablas de valoración de daños en accidentes de circulación, que a su vez modifican el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor. Previamente, estas tablas se regían por el Real Decreto Legislativo 8/2004, y su actualización responde a la necesidad de reflejar valores económicos más acordes con la realidad, un proceso que se realiza periódicamente y que no difiere sustancialmente de la práctica habitual en el ámbito estatal o de otras Comunidades Autónomas, ni de las directivas europeas que buscan armonizar la protección de las víctimas. La aprobación recae en el Gobierno central, y la diferencia para el ciudadano radica en la precisión y equidad de las indemnizaciones que podría recibir en caso de sufrir un accidente, asegurando que las cuantías reflejen mejor el perjuicio real. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────