Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 3/2026, de 8 de enero, por el que se establece el Certificado profesional en Operaciones de fabricación de pirotecnia, de la familia profesional Química, se fija su currículo y las ofertas de grados B y A incluidas en este certificado profesional.

BOE-A-2026-676Publicada: 13/01/2026MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES

¿Qué dice esta ley?

**Qué es** Se crea un nuevo certificado profesional para trabajar en fábricas de fuegos artificiales y productos pirotécnicos. Es una formación oficial que reconoce quién está capacitado para realizar estas operaciones de forma segura, con dos niveles: grado B (más básico) y grado A (más avanzado). **A quién afecta** Principalmente a personas que quieren trabajar en la industria pirotécnica, desde operarios de fábrica hasta supervisores. También interesa a centros de formación que quieran impartir estos cursos, a empresas del sector que necesitan empleados cualificados, y a la administración que regula estas actividades de riesgo. **Qué cambia** Ahora hay un estándar oficial para saber quién tiene la formación necesaria en manejo de explosivos, seguridad, procesos de fabricación y control de calidad. Los trabajadores tendrán un certificado reconocido que mejora su empleabilidad. Las empresas pueden contratar personal garantizando que cumple requisitos técnicos específicos, lo que aumenta la seguridad en estas fábricas. **Cuándo entra en vigor** Desde el 8 de enero de 2026. Los centros de formación pueden empezar a ofertar estos cursos a partir de esa fecha, aunque es probable que los primeros cursos se impartan poco después, dependiendo de cuán

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto establece un Certificado Profesional en Operaciones de fabricación de pirotecnia, alineándose con la Ley Orgánica 3/2022 que busca articular la Formación Profesional en torno a competencias y grados ascendentes (A-E) y niveles de competencia (1-3). Anteriormente, la formación en este sector se regía por normativas sectoriales y de seguridad específicas, sin un marco unificado de certificados profesionales como el ahora propuesto, que se sitúa en el grado C del Sistema de Formación Profesional. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener desarrollos propios, esta normativa estatal busca homogeneizar la oferta formativa a nivel nacional, en consonancia con directivas europeas que promueven la cualificación y movilidad profesional. La aprobación de este certificado por el Gobierno central y su posterior desarrollo curricular, como se indica en el Real Decreto 659/2023, es crucial para el ciudadano porque define de manera clara y estandarizada las competencias necesarias para ejercer en un sector con riesgos inherentes, facilitando el acceso al empleo y garantizando un nivel de seguridad y profesionalidad reconocido en todo el territorio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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