Ley OrgánicaNacionalvigente

Real Decreto 421/1988, de 29 de abril, por el que se determinan los Mandos Militares Superiores a los fines del artículo 111 de la Ley Orgánica 4/1987, de 15 de julio.

BOE-A-1988-11076Publicada: 05/05/1988MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

**Quiénes son los mandos militares con poder para recurrir sentencias** Este Real Decreto aclara qué altos mandos militares tienen la autoridad para presentar un recurso especial, llamado recurso de casación, contra ciertas decisiones judiciales militares. Esto se refiere a sentencias o resoluciones que cierran un caso de forma definitiva en tribunales militares. El objetivo es definir quién puede impugnar estas decisiones cuando un militar está bajo su mando o el hecho ocurrió en su área de responsabilidad. Concretamente, el decreto enumera de forma detallada los cargos militares específicos que ostentan esta facultad. Incluye al Jefe del Estado Mayor de la Defensa, así como a altos mandos de los Ejércitos de Tierra, Armada y Aire, como Jefes de Estado Mayor, Capitanes Generales de Región Militar o Comandantes Generales de zonas específicas. Este Real Decreto entró en vigor el 5 de mayo de 1988, siendo publicado en el Boletín Oficial del Estado. Su propósito es dar cumplimiento a lo establecido en una Ley Orgánica anterior sobre la organización de la justicia militar, asegurando que las decisiones sobre quién puede recurrir sean claras y estén bien definidas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1988 surge de la necesidad de especificar, según lo marcado por la Ley Orgánica 4/1987, qué Mandos Militares Superiores estaban legitimados para interponer un recurso de casación en el ámbito de la jurisdicción militar. Antes de su aprobación, esta facultad no estaba detallada de forma explícita para estos cargos. La normativa busca dar cumplimiento a un mandato legal, definiendo con precisión quiénes son estos mandos y, además, clarificando el rol de sus asesorías jurídicas. Su importancia radica en la organización y el funcionamiento de la justicia militar, asegurando que los recursos se presenten por las autoridades competentes y dentro de los cauces legales establecidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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