Resolución de 7 de enero de 1991, de la Subsecretaría, por la que se ordena la publicación del Acuerdo del Consejo de Ministros, del día 28 de diciembre de 1990, de determinación del importe y condiciones de las gratificaciones extraordinarias previstas en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo para los funcionarios de la docencia de niveles no universitarios.
¿Qué dice esta ley?
**Gratificaciones por jubilación anticipada para docentes no universitarios** Este acuerdo establece el importe y las condiciones para recibir una gratificación económica especial si eres un funcionario docente de niveles no universitarios y decides jubilarte de forma anticipada. Esto se aplica a aquellos que cumplan ciertos requisitos de antigüedad y edad, según lo previsto en una ley educativa de 1990. Concretamente, si te jubilas voluntariamente entre 1991 y 1996, y tienes al menos 28 años de servicio efectivo al Estado, podrás recibir esta paga extra. El importe de esta gratificación dependerá de tu edad, los años que hayas trabajado y tu salario complementario. Este acuerdo entró en vigor a principios de 1991, siendo publicado en el Boletín Oficial del Estado el 8 de enero de ese año. Su objetivo era incentivar la jubilación anticipada de docentes para facilitar la renovación de plantillas en el sistema educativo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este acuerdo, la jubilación anticipada para funcionarios docentes no universitarios estaba contemplada en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990, pero faltaba definir los detalles económicos. Este acuerdo nacional, aprobado por el Consejo de Ministros, concreta el importe y las condiciones de una gratificación extraordinaria para quienes optasen por esta modalidad de jubilación entre 1991 y 1996. A diferencia de otras comunidades autónomas o normativas europeas que pudieran tener sistemas de jubilación distintos, esta medida se aplicaba a nivel estatal. Su importancia radica en que buscaba facilitar la renovación de las plantillas docentes, incentivando la salida de profesionales con más antigüedad y permitiendo la incorporación de nuevos maestros y profesores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────