Ley OrgánicaNacionalvigente

Ley Orgánica 6/1991, de 13 de marzo, de modificación del artículo 10.2 del Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha.

BOE-A-1991-6822Publicada: 14/03/1991Jefatura del Estado

¿Qué dice esta ley?

**Elecciones en Castilla-La Mancha: fechas y duración del mandato** Esta ley orgánica modifica el Estatuto de Autonomía de Castilla-La Mancha, afectando directamente a la duración del mandato de las Cortes regionales y al momento en que se celebran las elecciones. Su objetivo es establecer un marco más claro y predecible para los procesos electorales en esta comunidad autónoma. Concretamente, se establece que las Cortes de Castilla-La Mancha tendrán un mandato de cuatro años. Las elecciones se convocarán el cuarto domingo de mayo cada cuatro años, siguiendo las normas generales de la Ley del Régimen Electoral General. Esto significa que los ciudadanos de Castilla-La Mancha votarán para elegir a sus representantes autonómicos en fechas fijas y preestablecidas. La ley entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Al ser una modificación de un Estatuto de Autonomía, su aplicación es obligatoria para Castilla-La Mancha, garantizando que los procesos electorales se desarrollen de acuerdo con las nuevas disposiciones establecidas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta modificación, la duración del mandato y la convocatoria de elecciones en Castilla-La Mancha podían estar sujetas a interpretaciones o regulaciones menos precisas. La Ley Orgánica 6/1991 unifica el plazo de las Cortes a cuatro años y fija la fecha de las elecciones al cuarto domingo de mayo, alineándose con el calendario electoral de otras comunidades autónomas y con la tendencia general de establecer periodos de legislatura regulares. Esta claridad en la convocatoria y duración del mandato es fundamental para la estabilidad institucional y la planificación política, permitiendo a los ciudadanos conocer de antemano cuándo ejercerán su derecho al voto. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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