Ley OrgánicaNacionalvigente

Ley Orgánica 3/1992, de 30 de abril, por la que se establecen supuestos de contrabando en materia de exportación de material de defensa o material de doble uso.

BOE-A-1992-9359Publicada: 01/05/1992JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

**Endurecimiento del control a la exportación de material militar y de doble uso** Esta ley orgánica, aprobada en 1992, busca actualizar la legislación sobre contrabando para incluir la exportación ilegal de armamento y tecnologías que, aunque puedan tener usos civiles, también pueden emplearse con fines militares. El objetivo es adaptar la ley a los avances tecnológicos y a la complejidad del comercio internacional de este tipo de materiales. Concretamente, la ley modifica la anterior Ley Orgánica de Contrabando para tipificar como delito la exportación de 'material de defensa' o 'material de doble uso' sin la debida autorización. Esto incluye casos donde la autorización se obtenga mediante información falsa o incompleta sobre la naturaleza o el destino final de estos materiales. La ley entró en vigor al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado, el 1 de mayo de 1992. Su importancia radica en fortalecer los mecanismos de control para evitar la proliferación de armamento y tecnologías sensibles. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley Orgánica, la exportación ilícita de armas y explosivos ya estaba contemplada en la Ley de Contrabando de 1982. Sin embargo, el avance tecnológico hizo necesario abordar el 'material de doble uso', es decir, productos y tecnologías con aplicaciones tanto civiles como militares. La ley española se alinea así con la normativa internacional y la práctica de otros países de la Unión Europea para controlar este tipo de exportaciones. Su aprobación por las Cortes Generales y su posterior entrada en vigor en 1992 supusieron un paso crucial para adaptar el marco legal a las nuevas realidades del comercio internacional de defensa, importando la necesidad de una tipificación penal específica para estas infracciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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