Orden de 2 de abril de 1993 por la que se modifica la Orden de 30 de octubre de 1992, por la que se establecen los elementos básicos de los informes de evaluación, de las enseñanzas de régimen general reguladas por la Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo, así como los requisitos formales derivados del proceso de evaluación que son precisos para garantizar la movilidad de los alumnos.
¿Qué dice esta ley?
**Aclaración sobre documentos escolares y su idioma** Esta orden modifica una anterior de 1992 para aclarar qué documentos son esenciales en la evaluación de los alumnos y cómo deben presentarse, especialmente para facilitar el cambio de centro educativo. Busca resolver dudas surgidas sobre la importancia de ciertos informes y la lengua en la que deben redactarse. Concretamente, se especifica qué documentos se consideran básicos para el proceso de evaluación en etapas como Primaria y Secundaria. Además, se establece que en las comunidades autónomas con lengua cooficial, los libros de escolaridad y calificaciones podrán redactarse en esa lengua, pero siempre se expedirán en ambos idiomas si el alumno lo solicita o si el documento debe tener validez fuera de esa comunidad, garantizando la presencia del castellano. Esta orden entró en vigor tras su publicación en el Boletín Oficial del Estado, modificando la normativa previa que buscaba establecer los elementos básicos de los informes de evaluación y los requisitos formales para la movilidad de los estudiantes en el sistema educativo español. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
La Orden de 2 de abril de 1993 surge como una modificación a la de octubre de 1992, ambas enmarcadas en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo de 1990. Su propósito era estandarizar los informes de evaluación y los requisitos para la movilidad de alumnos. La necesidad de esta modificación radicó en las consultas e interrogantes generados por la redacción original, especialmente en lo referente a la lengua de los documentos escolares en comunidades autónomas con lenguas cooficiales. A diferencia de normativas posteriores que han desarrollado más detalladamente estos aspectos, esta orden sentó las bases para la consideración de documentos básicos y la bilingüidad en la expedición de certificados, un tema relevante para la equidad y la movilidad dentro del sistema educativo español. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────