Ley OrgánicaNacionalvigente

Corrección de erratas de la Ley Orgánica 2/1994, de 24 de marzo, sobre reforma del Estatuto de Autonomía para Cantabria.

BOE-A-1994-8493Publicada: 15/04/1994JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

**Pequeña corrección en la ley del Estatuto de Autonomía de Cantabria** Esta noticia informa sobre una errata, es decir, un error tipográfico, detectado en la publicación de una ley importante para Cantabria. La ley en cuestión es la que reforma el Estatuto de Autonomía de esta comunidad autónoma, que es como su constitución interna y define sus competencias y organización. El cambio concreto es muy pequeño: en un punto de la ley, donde se hablaba de la "utilización del ciclo", en realidad debería haber dicho "utilización del ocio". Es una corrección de una palabra para que el texto refleje exactamente lo que se aprobó. Esta corrección se publica para que la ley quede tal y como fue aprobada originalmente. No hay una fecha de entrada en vigor específica para esta corrección, ya que su propósito es asegurar que la ley publicada sea la correcta desde su aprobación inicial en marzo de 1994. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La Ley Orgánica 2/1994, de 24 de marzo, modificó el Estatuto de Autonomía de Cantabria. Tras su publicación en el BOE, se detectó un error menor en el texto. Esta corrección de erratas es un procedimiento habitual para subsanar errores tipográficos o de transcripción en las leyes, asegurando que el texto publicado sea fiel al aprobado por las Cortes Generales. No se trata de un cambio legislativo sustancial, sino de una rectificación formal. Este tipo de correcciones son comunes en todas las comunidades autónomas y a nivel estatal, garantizando la seguridad jurídica. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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