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Orden MinisterialNacionalvigente

Resolución de 16 de febrero de 2007, de la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, por la que se dictan instrucciones en materia de cálculo de capitales coste y para la aplicación de lo previsto en la disposición adicional primera de la Orden TAS/4054/2005, de 27 de diciembre, sobre constitución por las mutuas de accidentes de trabajo y enfermedades profesionales de la Seguridad Social del capital coste correspondiente a determinadas prestaciones derivadas de enfermedades profesi

BOE-A-2007-4061Publicada: 27/02/2007MINISTERIO DE TRABAJO Y ASUNTOS SOCIALES

¿Qué dice esta ley?

**Instrucciones para calcular el coste de las pensiones por enfermedad profesional** Esta resolución aclara cómo las mutuas de accidentes de trabajo deben calcular el dinero necesario para cubrir las pensiones y otras prestaciones económicas periódicas que se derivan de enfermedades profesionales. El objetivo es asegurar que las mutuas tengan fondos suficientes para pagar estas prestaciones de forma justa y prudente, tal como exige la ley de Seguridad Social. Concretamente, se establece que el cálculo se basará en el importe total anual de la prestación que el beneficiario tenga reconocida en la fecha en que empieza a recibirla. Cualquier diferencia que surja después, debido a cambios en los cálculos iniciales, será asumida por el sistema general de la Seguridad Social, siguiendo el principio de reparto. Estas instrucciones entraron en vigor el 27 de febrero de 2007, ya que se basan en una orden ministerial de diciembre de 2005. Su propósito es unificar y clarificar la forma en que las mutuas gestionan las provisiones económicas para las prestaciones por enfermedad profesional. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta resolución, la Orden TAS/4054/2005 ya establecía criterios para el cálculo de los capitales coste de pensiones y prestaciones periódicas, tanto por contingencias comunes como profesionales. Sin embargo, surgían dudas prácticas sobre cómo las mutuas debían aplicar estos criterios, especialmente en el caso de enfermedades profesionales no cubiertas por incapacidad temporal. Esta resolución, dictada por la Dirección General de Ordenación de la Seguridad Social, aclara específicamente cómo calcular el capital coste para estas prestaciones, basándose en el importe íntegro anual de la prestación reconocida. A diferencia de otras CCAA o la UE, este es un desarrollo a nivel nacional de la normativa de Seguridad Social española. Su importancia radica en garantizar la solvencia de las mutuas y la correcta cobertura de las prestaciones a largo plazo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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